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Una introducción al ALCA - Las negociaciones por un tratado de libre comercio en las Américas

by GRAIN | 15 Jan 2003

Las negociaciones por un tratado de libre comercio en las Américas

GRAIN

Enero de 2003

Desde 1994, todos los gobiernos del hemisferio americano, con la excepción del cubano, han estado negociando lo que puede constituir el acuerdo de libre comercio más importante del planeta, el ALCA (o Área de Libre Comercio de las Américas). Lo han hecho, en la práctica, de manera secreta. Aunque a lo largo de los años se han publicado extensos y grandilocuentes documentos sobre las intenciones y objetivos de la negociación, así como el texto en negociación, las posiciones de cada país o las fuerzas detrás de cada posición no se han informado. Tal falta de transparencia ha impedido debates sociales en cada país y especialmente les ha evitado a los gobiernos tener que dar cuenta frente a sus ciudadanos acerca de los efectos de las decisiones que están impulsando. El resultado ha sido que las negociaciones han avanzado a espaldas de todos los pueblos americanos.

El ALCA, sin embargo, es un acuerdo entre Estados que – de ser aprobado - puede establecer condiciones de explotación y marginación social y de depredación ambiental desconocidas hasta ahora, y hacerlo de manera irreversible. Por lo mismo, son muchas las organizaciones civiles y sociales de toda América que han dedicado esfuerzos importantes a informar a sectores sociales lo más amplios posibles y a promover formas de reacción que finalmente impidan la imposición de tal acuerdo. Muchas de estas organizaciones han formado varias redes latinoamericanas o que abarcan al continente en su totalidad, y que coordinan esfuerzos internacionalmente, por lo que hoy existe una campaña continental contra el ALCA. Ellas han sido las impulsoras de diversas formas de protesta en torno a las reuniones de los estamentos negociadores. Las mismas redes han impulsado también procesos plebiscitarios populares en todos los países de América, a fin de educar a la población sobre el verdadero significado del ALCA.

La tarea de organización, información, educación y coordinación de la acción de resistencia al ALCA tiene, sin embargo, aún mucho que recorrer y fortalecerse. Es una tarea que requiere sumar fuerzas y esfuerzos. El presente documento espera hacer una contribución a ese proceso. En él se busca explicar cuáles son los efectos previsibles de un acuerdo como el ALCA sobre campesinos y pueblos indígenas, y sobre los territorios rurales en general. Esperamos que sea un documento que permita a organizaciones civiles y populares, especialmente aquéllas ligadas a campesinos y pueblos indígenas, informarse e informar al respecto, para que sectores lo más amplios posible puedan tomar posiciones informadas al respecto y actuar de acuerdo a ello.

1. Los aspectos generales

El ALCA (Área de Libre Comercio de las Américas) es un acuerdo de libre comercio que está siendo negociado entre todos los gobiernos del hemisferio americano excepto Cuba. Su objetivo es imponer reglas comunes en todo el continente que abran todas las actividades nacionales al control de los grandes capitales. El proceso se hará mediante la restricción de diversos derechos y patrimonios de todos los ciudadanos, pero especialmente de los sectores más débiles: asalariados, campesinos, pueblos indígenas. En contraste, los capitales e inversionistas transnacionales recibirán diversas formas de protección y garantías hasta el momento desconocidas.

Si el ALCA entra en funcionamiento representará el mercado del mundo más grande, con un PIB de aproximadamente US$ 8,5 billones de dólares y una población de poco más de 800 millones de personas. Pero también, por la peculiar relación que se establece entre los derechos de propiedad, los derechos de comercio (contra los Estados Nacionales) y por la revolución técnica que le corresponde, el ALCA sería el mercado libre cualitativamente mas profundo del mundo.

Aunque el acuerdo se denomine “de libre comercio”, lo que se busca con el ALCA es el control por parte del gran capital –y especialmente del gran capital estadounidense- de todas las actividades y recursos de los países de América. Si se aprueba, sus disposiciones no afectarán solamente el comercio, sino la producción, los servicios, la propiedad de la tierra, el agua y los recursos naturales. Las diversas actividades económicas, y especialmente las economías campesinas, se verán sometidas a fuertes presiones y tensiones; las garantías ciudadanas y derechos humanos, los derechos de las comunidades locales, los derechos de los pueblos indígenas, los derechos laborales, el derecho al conocimiento y la cultura y formas básicas de soberanía se verán aún más restringidas que en la actualidad. Veremos cómo se privatizan los espacios y actividades públicos que aún permanecen, y posiblemente nos veremos enfrentados a formas de represión e ilegalización inexistentes hasta ahora.

En otras palabras, si el ALCA se aprueba, tendrá una profunda influencia en la vida económica, social y política de los pueblos de América.

ALGO DE HISTORIA

El ALCA fue inicialmente propuesto por el Presidente Bush padre, en 1994, en la primera Cumbre de las Américas. Participan en las negociaciones 34 países, todos los del hemisferio excepto Cuba. Desde un inicio, el acuerdo fue presentado como algo más que un acuerdo económico. Los países participantes adquieren además un conjunto de compromisos políticos, tanto en términos de sus políticas internas (las que, entre otras, deben fomentar la privatización y descentralización dentro del esquema neoliberal), como de su accionar a nivel internacional (donde el mayor compromiso se da en torno a la expansión de los acuerdos de libre comercio). Por otro lado, cada una de las cumbres ha sido utilizada por Estados Unidos para lograr apoyo a sus ataques a Cuba y a la militarización de la región latinoamericana (por ejemplo, la imposición del Plan Colombia).

Entre 1994 y 1998, las negociaciones se centraron en definir la estructura y organización de la negociación de contenidos. La discusión de los contenidos se inició en 1998 y debe terminar el 31 de Diciembre de 2004. Los parlamentos deben aprobar o rechazar el acuerdo en su totalidad durante el 2005, de forma que el acuerdo entre en vigencia el 31 de diciembre de ese año.

Hasta el momento, las negociaciones se han llevado a cabo de manera secreta. Aunque los textos en negociación fueron publicados por primera vez durante el 2001 (pueden verse en http://www.sice.org o en http://www.ftaa-alca.org/alca_s.asp) y se acaba de publicar una segunda versión, las posiciones de cada país son mantenidas en secreto. Las declaraciones oficiales al respecto son normalmente aseveraciones generales de lo que busca cada país, sin entrar en los detalles de las posiciones. La desinformación alcanza incluso a los parlamentos latinoamericanos. Por otro lado, los únicos gobiernos que han mostrado alguna oposición explícita al acuerdo han sido Brasil y Venezuela. Brasil ve con preocupación que el ALCA quite toda relevancia al MERCOSUR, mientras el presidente de Venezuela ha indicado que no firmará sin su aceptación mediante plebiscito. Sin embargo, las negociaciones siguen adelante.

ESTRUCTURA DE LAS NEGOCIACIONES

Las negociaciones se han llevado a cabo a través de tres Cumbres Presidenciales o Cumbres de las Américas (Miami, 1994, Santiago, 1998 y Québec, 2001), siete reuniones ministeriales (una cada año y medio desde 1995), y una larga serie de reuniones de los grupos y comités de negociación. Las Cumbres Presidenciales son la instancia que toma las decisiones finales; en las reuniones ministeriales se revisan los acuerdos logrados por los grupos de negociación y se entregan instrucciones para las siguientes rondas; los grupos de negociación son los que llegan a acuerdos sobre los textos a ser presentados a los Ministros y Presidentes para su aprobación final.

Se han identificado nueve áreas de negociación: acceso a mercados, agricultura, servicios, compras gubernamentales, subsidios y antidumping, competencia, propiedad intelectual, solución de controversias, inversiones. Cada uno de estos grupos está a cargo de la redacción de lo que será un capítulo del acuerdo. Un extracto de los objetivos oficiales de cada grupo de negociación pueden verse al final del texto.

Existen además cuatro comités que proponen textos o sugieren puntos de discusión a los grupos de negociación: el Grupo de Trabajo sobre Economías más Pequeñas, el Comité Conjunto de Expertos del Gobierno y del Sector Privado sobre Comercio Electrónico, el Comité de Representantes Gubernamentales sobre la Participación de la Sociedad Civil y el Comité Técnico de Asuntos Institucionales.

Adicionalmente, hay un “Comité Tripartito”, conformado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), la Organización de Estados Americanos (OEA) y La Comisión Económica de Naciones Unidas para América Latina y el Caribe (CEPAL). Este comité actúa como secretaría técnica del proceso: son quienes han propuesto muchos de los textos en negociación, y quienes vigilan que los textos finalmente aprobados sean coherentes con la Organización Mundial del Comercio y no entren en conflicto con las condiciones exigidas por el FMI o el Banco Mundial.

Oficialmente, las negociaciones son estrictamente gubernamentales. Sin embargo, la participación del empresariado ha sido activa desde muy temprano en las negociaciones. A partir de 1996, cada reunión ministerial ha sido antecedida por una reunión del Foro Empresarial de las Américas, que se ha convertido en la única organización que sin ser parte de los gobiernos entrega propuestas formales a ser negociadas. Adicionalmente, el empresariado participa a través del Comité Conjunto de Expertos Gubernamentales y del Sector Privado sobre Comercio Electrónico. La participación empresarial en las negociaciones se ha hecho tan “oficial” que los documentos producidos por el Foro Empresarial de las Américas se publican en www.sice.org, uno de los sitios con información oficial sobre el ALCA.

La participación de otros sectores sociales ha sido muy restrictiva. El Comité de Representantes Gubernamentales sobre la Participación de la Sociedad Civil sólo recibe opiniones por correo electrónico y a través de un formato bastante rígido. No existe mecanismo alguno que garantice que tales opiniones serán escuchadas.

EL MARCO IDEOLÓGICO

A fin de poder evaluar plenamente los posibles efectos del ALCA, es útil tomar en consideración al menos tres factores. El primero es que el ALCA es sólo una expresión más de la ofensiva privatizadora que hoy se lanza a través de todos los mecanismos y organismos internacionales, incluida la Organización Mundial del Comercio (OMC). Por lo mismo, el acuerdo no sólo fija nuevas formas de comercio y propiedad privada, sino que impone un nuevo marco ideológico, jurídico y político para definir las relaciones entre el capital transnacional, los Estados y los pueblos latinoamericanos. El ALCA es una figura “proto” jurídica en la que se expresa la maduración de una nueva forma de dominio de la riqueza del continente americano por cuenta del capital mundial, personificado por el capital estadounidense, y que lleva al extremo las condiciones que se ha buscado imponer a través de otros mecanismos internacionales, tales como el acuerdo del GATT, el accionar de la OMC, o las presiones del Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional. El ALCA impondrá leyes, conceptos y definiciones que luego afectarán todos los aspectos de la actividad y la convivencia nacionales, todo con el fin de asegurar que el gran capital transnacional no tenga límites y sus ganancias estén garantizadas. El objetivo final es que cada aspecto de la vida de los habitantes de un país quede bajo el dominio del mercado, y que se cuente con las regulaciones que garanticen que toda la población se someterá a tales condiciones.

En segundo lugar, el ALCA será un texto que será interpretado cada vez que se aplique. Aunque algunas de sus cláusulas son extremadamente detalladas, el grueso de ellas no se pueden aplicar directamente o en forma literal, sino que fijan marcos de interpretación para tomar decisiones jurídicas, legislativas, económicas y políticas. No es posible olvidar que tales interpretaciones serán llevadas a cabo por individuos y organismos que asumen la privatización como dogma supremo y que no ven problemas en la limitación creciente de los derechos de los pueblos. Tampoco es posible olvidar que todo esto se llevará a cabo en un contexto en que Estados y empresas transnacionales han sido situados prácticamente como iguales en cuanto a poderes y atribuciones. Esperar, por lo tanto, que los excesos del ALCA vayan siendo corregidos a través de su aplicación sería extremadamente ingenuo. Si el texto en discusión contiene elementos extremadamente peligrosos, sus interpretaciones futuras pueden ser aún peores.

El tercer factor es que el ALCA crea, transforma o trastoca –especialmente de manera implícita- un conjunto de conceptos económicos, jurídicos y políticos. Por ejemplo, un conjunto de funciones gubernamentales –incluídas “las actividades que formen parte de un sistema de seguridad nacional o para el establecimiento o mantenimiento del orden públicos”- son transformadas en servicios y posteriormente en servicios “delegables”, lo que en realidad implica la privatización de poderes estatales. Ejemplos como estos hay muchos y se incluirán a través del texto.

En conjunto, es posible decir que prever los impactos del ALCA en forma plena es extremadamente difícil. Lo que estamos viendo es el intento de poner en marcha una maquinaria poderosa que asegure el dominio del capital transnacional sobre el continente. A pesar de todo lo que ha avanzado la privatización y la concentración en nuestro continente, el ALCA llega donde no se había llegado antes. Ello implica un cambio de proporciones insospechadas. Entenderlo y rechazarlo es urgente.

EL CONTEXTO POLITICO

No es casualidad que el ALCA fuese inicialmente impulsado por el gobierno de Estados Unidos. Su objetivo central es permitir la expansión ilimitada y garantizada del capital transnacional en el continente, pero especialmente de los capitales estadounidenses, que controlan cerca del 80% del producto regional. Estados Unidos ha utilizado de manera permanente la disparidad de fuerzas regionales para imponer sus posiciones. Ya desde la primera ronda de negociaciones logró imponer que todos los países negociando el ALCA actúen como bloque frente a la OMC. Luego ha establecido una política de divisiones a través de negociaciones bilaterales con diversos países de la región para echar por los suelos cualquier posibilidad de un bloque latinoamericano y del Caribe, y presionar con ello a cualquier país que muestre algún grado de independencia. La firma del Tratado de Libre Comercio entre Chile y Estados Unidos es parte central de esta estrategia. Con ello, Chile se subordina a la agenda política y económica de Estados Unidos y será un efectivo elemento divisor. En Centro América, el gobierno de Costa Rica probablemente jugará un papel similar. Adicionalmente, Estados Unidos continúa utilizando otros organismos de negociación como la OMPI y la OMC para ir tras sus objetivos, ya que lo que allí se acuerde deberá incorporarse automáticamente al ALCA.

Como estrategia económica, el ALCA es en parte el reflotamiento del Acuerdo Multilateral de Inversiones, acuerdo inicialmente impulsado por la OECD y que fue posteriormente abandonado producto del fuerte rechazo social provocado principalmente en Europa. Es también la continuación y ampliación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN). El capítulo de inversiones del ALCA, por ejemplo, es casi una copia del mismo capítulo del TLCAN, pero amplía y hace aún más peligrosa la definición de qué constituye una inversión. Los capítulos de servicios y propiedad intelectual también logran ampliar las garantías otorgadas al capital transnacional en el TLCAN. Lo que está ocurriendo en México, en términos de la destrucción de la agricultura campesina, la exacerbación de la pobreza y la agudización de las migraciones desde el campo debiera servir como clara muestra de lo que puede traer el ALCA al resto del continente.

Por otro lado, aunque el ALCA es en la actualidad la negociación multilateral más importante del continente americano, ya sea relacionada con el comercio o con cualquier otro aspecto de las relaciones internacionales, e influya de manera importante sobre las demás negociaciones mutilaterales o bilaterales en el continente, no es el único tratado de libre comercio que está siendo negociado. Hay más de una docena de otras negociaciones de acuerdos bilaterales y multilaterales en que están involucrados los países americanos, y un número aún más alto de acuerdos ya firmados. De especial importancia son los acuerdos con la Unión Europea, y los intentos ya mencionados de varios países latinoamericanos por llegar a acuerdos especiales con Estados Unidos, estos últimos con contenidos aún peores que el ALCA.

El problema que se enfrenta, por lo tanto, no es sólo el ALCA, sino el avance de la privatización y del poderío del capital transnacional. Cualquier reacción frente al ALCA exige no perder de vista las demás negociaciones. El ALCA, sin embargo, es uno de los tratados en negociación más agresivos y ambiciosos.

LOS OBJETIVOS Y PROCESOS GENERALES

Desde un principio, los gobernantes de los países americanos reconocieron que el ALCA es un acuerdo político que se expresa, entre otros, en crear un nuevo marco para la actividad económica y la expansión de los grandes capitales. Este nuevo marco tiene al menos los siguientes pilares:

a) Ampliación del control del mercado a todas las actividades nacionales, incluso aquellas actividades, servicios y bienes que actualmente son públicos, colectivos o de acceso gratuito. Todos los servicios públicos se privatizan de manera directa (a través de la venta) o indirecta (a través de las licitaciones). Se crean las condiciones para privatizar totalmente la educación, la salud, el agua potable, la electricidad, comunicaciones, cárceles, caminos, puertos, áreas naturales. En su interpretación más estricta, podrían privatizarse la policía, los servicios de fiscalización y la administración de justicia a través de la “delegación” de tareas. También deberán quedar en condiciones de ser privatizadas y luego tranzadas las tierras comunales o comunitarias y los territorios de pueblos indígenas.

b) Apertura de toda la economía y el conjunto de las actividades nacionales al capital transnacional. Ningún sector de la economía nacional, ninguna parte del territorio nacional, ni propiedad alguna dentro de cada país podrá quedar fuera del alcance del capital transnacional. Aquí también se incluye la salud, la educación, el transporte urbano e inter-urbano, los servicios públicos, todos los recursos naturales, incluída el agua, la administración de puertos, los caminos, etc. Si el Estado privatiza algunas de sus funciones, estás también podrán quedar en manos del capital transnacional.

c) Se protege y entrega garantías al inversionista y a sus ganancias. La novedad de esta situación es que ya no sólo se entrega a los inversionistas internacionales un ambiente favorable, sino que se les protege y entrega garantías especiales y explícitas. Los Estados deberán garantizar que el capital transnacional no vea afectadas sus ganancias por las reglamentaciones y leyes nacionales o demandas sociales. Adicionalmente, los inversionistas internacionales deben automáticamente recibir el mejor trato otorgado por un país. Si los empresarios nacionales tienen un trato más favorable que los extranjeros, los inversionistas transnacionales deberán recibir trato nacional. Si son los inversionistas internacionales quienes reciben mejor trato que los nacionales, la situación continúa tal cual. Si los Estados no cumplen con la puesta en práctica de todas estas garantías, las empresas internacionales pueden demandar compensaciones por las ganancias no realizadas. En otras palabras, ya no se garantiza sólo la propiedad privada; se garantiza también las ganancias de los capitales transnacionales.

d) A fin de hacer las medidas anteriores aún más efectivas, se pone a los inversionistas internacionales y a los gobiernos en igualdad de condiciones jurídicas y de soberanía. En caso de disputas, los gobiernos deben aceptar arbitrajes privados y secretos. Los tribunales nacionales de justicia quedan sin competencia para estas disputas si las empresas internacionales así lo desean.

e) Muy ligado a lo anterior, se eliminan o trastocan una serie de medidas destinadas a controlar las posibilidades de abuso por parte de las grandes empresas. Desaparecen las barreras a la concentración, a la especulación y a las maniobras para controlar el mercado. Los mecanismos de defensa que quedan en pie sólo permiten defenderse al sector empresarial, y especialmente al transnacional. El resto de la población deberá someterse.

f) La propiedad intelectual se expande de manera agresiva. Los derechos de propiedad son otorgados por más años, quedan bajo sistemas de propiedad y pasan a ser mercancía el conjunto de los seres vivos, el conocimiento, las creaciones artísticas y culturales de los pueblos. Las penas en contra de quienes no respeten la propiedad intelectual se agravan y se mantiene la reversión del peso de la prueba (es decir, en caso de acusación, el acusado es culpable mientras no pruebe que es inocente).

En conjunto, los Estados y Gobiernos no sólo abandonan su deber de velar por el bienestar de sus poblaciones, sino que renuncian a la limitada soberanía que aún pueden ejercer. A través de los distintos puntos del acuerdo, queda claro una y otra vez que la única función de los Estados y Gobiernos será reprimir a sus ciudadanos con el fin de garantizar la protección del capital.

2. El impacto sobre los pueblos indígenas y comunidades campesinas

Por ser los sectores campesinos y los pueblos indígenas quienes de hecho han resistido más efectivamente los avances del capital transnacional y la globalización, ellos estarán también entre los más violentamente agredidos por el ALCA. La agresión se llevará a cabo a través de tres grandes mecanismos especialmente diseñados para el mundo rural, sobre los que se sobrepondrán el conjunto de las medidas más generales del acuerdo. Tales mecanismos son:

- La desprotección absoluta y posterior agresión a la agricultura, especialmente a la pequeña agricultura

- La privatización forzada de los recursos naturales y los grandes territorios, incluidos agua y territorios indígenas

- La privatización de la biodiversidad en general, y la privatización y/o destrucción de la biodiversidad cultivada en particular.

LA DESPROTECCIÓN ABSOLUTA Y POSTERIOR AGRESIÓN A LA AGRICULTURA, ESPECIALMENTE LA PEQUEÑA AGRICULTURA

La agricultura, junto con los servicios, son las únicas áreas económicas sobre las que se está negociando un capítulo específico dentro del ALCA. Ello no es casualidad. La agricultura y los servicios son los sectores económicos donde la internacionalización impulsada por la OMC ha encontrado mayor resistencia o inercia. El texto de ALCA, por lo tanto, refleja la intención especial por parte de gobiernos y organismos empresariales por abrir efectivamente estas actividades a las grandes empresas y capitales internacionales.

Lo que se busca a través del capítulo sobre agricultura

El capítulo sobre agricultura busca dejar a los agricultores y a la agricultura sin ningún tipo de apoyo público. La intención es que sobrevivan sólo aquéllos que tienen los medios privados para hacerlo bajo condiciones de competencia abusiva por parte del gran capital transnacional. Son seis los grandes procesos que serán impulsados a través de la aplicación de este capítulo:

1. Se profundiza y amplía la aplicación de políticas neoliberales a la agricultura. Al igual que el resto del ALCA, el capítulo sobre agricultura tiene como punto de partida los acuerdos de la Organización Mundial del Comercio (OMC), con la sola excepción de lo relacionado a las medidas sanitarias y fitosanitarias, que se restringen frente a lo acordado por la OMC. El impulso general es que los acuerdos a los que se llegue sólo pueden profundizar la desregulación y liberalización comercial iniciadas por la OMC, jamás restringir tales tendencias. Es por ello que se restringen las medidas sanitarias y fitosanitarias, ya que se considera que ellas dificultan el comercio.

2. Se eliminan las medidas económicas, de apoyo o de política interna que permitan proteger los productos y los productores nacionales en los mercados nacionales o internacionales, con un compromiso específico de ir más allá de la OMC. Lo que hasta hoy ha sido parte de muchas políticas agrícolas pasa a ser calificado de “ayuda interna que distorsiona la producción y el comercio" y se adquiere el compromiso de eliminarlo. Deberán desaparecer medidas como bandas de precios, servicios de comercialización, subsidios a los pequeños productores, créditos blandos, créditos o programas de apoyo específico a los pequeños agricultores, programas de fomento al consumo interno de productos nacionales, etc. La estrategia es ampliar el mercado para las grandes empresas mediante de la desaparición de los sectores medios, campesinos e indígenas, más débiles y/o empobrecidos.

3. Asimismo, se eliminan o restringen drásticamente los apoyos a la capacidad productiva, incluso la investigación, asistencia técnica o los procesos de capacitación. Si los aparatos públicos continúan entregando información, asistencia técnica o capacitación, deberán hacerlo en igualdad de condiciones a campesinos y empresas transnacionales.

En su aplicación más estricta, podría interpretarse como “ayuda interna” acciones tan locales como el permitir o apoyar el establecimiento de mercados campesinos, o apoyar las decisiones de comunidades rurales en torno a la conservación de cuencas o áreas forestales, etc. Se agrede así las posibilidades que pudieran tener las organizaciones y comunidades campesinas e indígenas de establecer procesos de control local o relaciones más democráticas con gobiernos locales, y obligaría a las autoridades a todo nivel a reprimir iniciativas locales que puedan ser interpretadas como una barrera a la expansión de las grandes empresas.

Lo anterior significa también que las autoridades nacionales pierden la capacidad de definir políticas agrícolas nacionales y pierden en forma aún más drástica la capacidad de definir políticas de desarrollo rural.

4. Se abren totalmente las puertas a los productos agrícolas importados. Junto con dejar la pequeña agricultura sin apoyos, el ALCA establece una reducción inmediata y progresiva de aranceles y gravámenes a los productos importados, hasta llegar a su total eliminación, renunciando incluso a las salvaguardas permitidas por la OMC. Se abren así las puertas a los productos agrícolas importados sin protección para los nacionales. Un efecto esperable inmediato es la inundación de los mercados latinoamericanos con los excedentes de grano (trigo, maiz, soya y raps o canola) y de sus subproductos, así como de los excedentes de producción ganadera y lechera, provenientes principalmente de Canadá, Estados Unidos y los grandes productores argentinos.

5. Se restringe la autoridad de los gobiernos para regular o racionalizar las importaciones y exportaciones, por lo que los procesos de inundación comercial recién mencionados no tendrán necesariamente relación con las necesidades de cada país, sino con el objetivo de manipular mercados hasta hacerlos entrar en crisis.

6. Se restringen también las exigencias de sanidad y se simplifican de manera significativa los controles fronterizos, buscando en algunos casos incluso su eliminación, lo que llevará a un deterioro aún mayor de la calidad de los alimentos y productos agrícolas, y facilitará la entrada sin restricciones de productos transgénicos.

Los escenarios que pueden producirse

Sobre lo anterior se sumarán un conjunto de medidas, normas y políticas que están siendo negociadas tanto dentro del ALCA (en otros capítulos) como fuera de él. No es necesario un análisis de gran complejidad o profundidad para entender que todo ello dejará a la agricultura campesina bajo extrema presión y sufriendo agresiones difíciles de soportar. Algunos de los escenarios que es posible prever se describen a continuación.

Como ya se mencionó, un primer escenario cierto es que veremos a América Latina invadida de maíz, trigo, soya, raps o canola, carne y productos lecheros provenientes de Canadá, Estados Unidos y de los grandes productores argentinos. Inicialmente podrán entrar a bajos precios, gracias a los grandes subsidios que seguirán recibiendo durante los primeros años los productores de Canadá y Estados Unidos, y a las condiciones aún favorables que poseen estas producciones en Argentina.

El impacto se verá primeramente en la producción campesina. El maíz importado probablemente reemplazará al maíz producido localmente, especialmente en el consumo de las ciudades En segundo lugar, ingresarán mayores cantidades de trigo a la dieta, desplazando alimentos o combinaciones de alimentos más nutritivos y de producción local. Las estrategias utilizadas por los grandes productores de soya transgénica en Argentina además indica que es posible que se intente imponer el consumo humano masivo de la soya. Todo ello bajará el consumo de cultivos como el fríjol, la papa, la yuca, pero también de los cultivos equivocadamente llamados “menores”, como quinoa, los tubérculos andinos y muchos otros. Cada merma en el consumo significará una restricción más de los mercados campesinos, y la muy probable pérdida de cientos de variedades locales que no se cultivarán por dejar de ser rentables.

Pero los efectos pueden hacerse sentir mucho más allá de la producción campesina más tradicional, sobre un conjunto de producciones ligadas a la agroindustria. La importación masiva de jarabe de maíz en reemplazo del azúcar, de torta de soya y raps en reemplazo de granos y pastos nacionales, de aceite de soya y raps en reemplazo de los aceites nacionales, y la importación de leche en polvo en reemplazo de la leche fresca nacional, serán sólo los efectos esperables de manera más inmediata. Ellos no sólo afectarán las posibilidades de producción rentable de los productos alternativos por parte de agricultores y campesinos nacionales, sino que favorecerá la industrialización –y, por tanto, la mayor concentración- de la producción de ganado mayor y menor, incluída la producción de leche y derivados.

Es importante no olvidar que el ALCA no sólo significará la entrada de productos agrícolas. Debido a los acuerdos en distintas áreas de negociación, entrarán también las cadenas transnacionales de supermercados y comercializadoras, y las transnacionales de alimentos, que bajo las nuevas condiciones podrán además conformar carteles con fin de controlar o manipular los mercados, sin encontrarse con mayores restricciones legales para ello. Entre otros, no tendrán barrera alguna para manipular los flujos de exportación e importación. Si una comercializadora transnacional considera que algún producto local es caro, o sencillamente no desea comprarlo por otras razones de control del mercado, bastará con importar un sustituto. Por tanto, los productos campesinos no sólo enfrentarán menores precios y mercados más restringidos, sino probablemente condiciones de comercialización abusivas y discriminatorias. Ambas condiciones permitirán arrinconar a los productores campesinos hasta expulsarlos del campo o convertirlos en asalariados baratos.

Sería posible pensar en proceso de cambio rápido en los sistemas de producción campesinos, a fin de que incluyan en mayor grado otros cultivos. Pero en es caso continuarían sujetos a quienes controlen la comercialización y a una agresión adicional: la imposición de sistemas de propiedad intelectual de muy amplia cobertura y amplia capacidad represiva. Con ello, toda semilla de un nuevo cultivo deberá comprarse, cultivarse y utilizarse de acuerdo a las condiciones impuestas por las empresas semilleras. Tales empresas podrán obligar a los agricultores y campesinos a comprar la semilla todos los años, y luego a sembrarla, cultivarla y venderla de determinada manera, incluyendo la obligación de comprar determinados insumos. Quien no se someta a estas condiciones no podrá comercializar su producción, y corre el riesgo que toda su cosecha sea embargada o destruída. La imposición adicional de multas o incluso de penas de cárcel será también posible.

Quien sí se someta a las condiciones impuestas por las grandes corporaciones deberán sufrir el aumento significativo de sus costos de producción. Es posible prever que grandes sectores campesinos no podrán continuar produciendo, mientras otros se endeudarán con entidades privadas, ya que el crédito público desaparecerá totalmente. Más tarde o más temprano, todo parece desembocar en la imposibilidad de seguir produciendo para el mercado.

En total, se conforma un cuadro en que las grandes empresas podrán controlar desde la semilla hasta el consumo, pasando por cada uno de los aspectos de producción, comercialización y procesamiento. Como se verá más adelante, esto crea la situación perfecta para comenzar un proceso de control empresarial de grandes territorios, desde los cuales los campesinos serán expulsados o donde podrán permanecer sólo como mano de obra barata y desprotegida.

Los impactos, sin embargo, no pararán allí. Es esperable que la población en general sufrirá un deterioro importante en la calidad de la dieta. En primer término, la desaparición de productos campesinos significará que nuestra dieta será significativamente menos variada y menos equilibrada. En forma paralela, probablemente veremos un impulso agresivo al consumo de trigo a través de productos industriales refinados, como fideos, harina y pan blanco o cereales para el desayuno, todos alimentos de fácil preparación, pero muy bajo valor nutritivo. Sin embargo, dos de los mayores golpes a la calidad alimentaria se harán a través de la implementación de los acuerdos en torno a la simplificación de las medidas sanitarias, fitosanitarias y de control fronterizo.

El ALCA considera que las medidas sanitarias, fitosanitarias y de control fronterizo constituyen una barrera al tránsito internacional de mercancías. Ello no constituye sorpresa, ya que Estados Unidos ha utilizado sistemáticamente tales medidas para bloquear importaciones agrícolas desde América Latina. Con esta excusa, el acuerdo del ALCA desconocerá todas las medidas sanitarias o fitosanitarias que no tengan “base científica”. Toda plaga, enfermedad o contaminación bacteriológica de plantas, animales y alimentos puede ser “científicamente comprobada”, por lo que Estados Unidos podrá continuar usando la supuesta presencia de ellas para bloquear importaciones. Sin embargo, se argumentará que se carece de base científica para decir que los organismos y alimentos transgénicos pueden ser dañinos y, por tanto, no se podrá ejercer ningún control sobre el consumo, venta o tránsito internacional de ellos. Una vez dentro de un determinado país, los organismos, cultivos o productos transgénicos deben recibir un trato nacional; ello puede interpretarse como que su trayectoria tampoco podrá ser monitoreada nacionalmente. A eso se le agrega que los controles fronterizos podrán ser eliminados selectivamente, y que muy probablemente las autoridades nacionales ni siquiera llevarán registro de los productos transgénicos que entren a un país. En resumen, se hará imposible separar lo transgénico y lo no transgénico.

El ingreso y circulación sin control de granos y productos transgénicos dejará a los campesinos y agricultores de cada país imposibilitados de proteger sus propios cultivos contra la contaminación genética, y al conjunto de la población incapacitada para ejercer su derecho a saber y elegir qué esta comiendo. La situación de contaminación de variedades locales de maíz detectada en México es sólo un caso de avanzada provocado por la importación sin mayores salvaguardas de maíz transgénico desde Estados Unidos. Las disposiciones del ALCA reducen aún más cualquier tipo de control, lo que hace esperable procesos acelerados de contaminación de cultivos y productos alimenticios.

Pero el deterioro de la calidad alimentaria continuará más allá. Al disminuirse o simplificarse las medidas de control de la sanidad de alimentos, los mercados latinoamericanos muy probablemente absorberán los excedentes de calidad inferior o en mal estado. Importaremos alimentos de mala calidad, pero inicialmente baratos, que podrán reemplazar alimentos mejores, pero más caros. Una vez que la producción nacional se interrumpa por no poder competir, nada impedirá un alza en los precios. Los excedentes, especialmente transgénicos, que se han intentado introducir en la alimentación en África y Argentina a través de la ayuda alimentaria son nuevamente ejemplos de avanzada, que se verían reforzados y convertidos en casi obligatorios a través del ALCA. No sería sorprendente, por ejemplo, enfrentarse a campañas masivas de reemplazo del fríjol por soya transgénico y sus subproductos.

El flujo a la inversa, de productos alimentarios de baja o mala calidad hacia Estados Unidos y Canadá probablemente no tendrá las mismas características. Nada impide a los importadores privados fijar condiciones de calidad altamente exigentes, que satisfagan mercados de alto poder adquisitivo. El ingreso de alimentos de mala calidad a América Latina será posible porque se suman dos factores a los ya discutidos: la importación será probablemente hecha por conglomerados transnacionales interesados en vender tales productos, y ellos estarán especialmente destinados a las poblaciones medias y pobres de nuestro continente, las que en general carecerán de posibilidades de proteger sus derechos.

La aplicación de medidas como varias de las recién discutidas no es algo nuevo en América Latina. De una u otra manera, los gobiernos latinoamericanos las han estado aplicando porque la OMC lo exige, porque buscan congraciarse con inversionistas extranjeros o porque esperan demostrar a los Estados Unidos cuán comprometidos están con el libre comercio, a fin de obtener acuerdos bilaterales con ese país. Sin embargo, es México el país que más fuertemente ha experimentado lo que significará el ALCA, ya que las normas impuestas a través del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) se asemejan mucho a las que pueden imponerse a través del ALCA. Debe entonces ser motivo de alarma el saber que la población rural y campesina de América Latina se ha reducido en forma drástica, pero que los niveles de abandono del campo en México son verdaderamente dramáticos, equiparables a los de un país en guerra. Los campesinos y campesinas expulsados se han convertido en mano de obra barata que ha ido a parar, entre otros, a los talleres de ensamble o maquilas mexicanas (en condiciones de trabajo aberrantes) o a las grandes explotaciones agro-industriales de Estados Unidos. El ALCA llega más allá: sumará rápidamente la pérdida de la tierra a la expulsión desde el campo.

La privatización forzada de los recursos naturales y los grandes territorios, incluidos agua y territorios indigenas

Ningún articulado del ALCA dice expresamente que la tierra, el agua y los demás recursos naturales deban ser privatizados. Esto se entiende implícitamente en algunos párrafos del capítulo sobre servicios y explícita, pero indirectamente en el capítulo sobre inversiones. Ello no implica que los mecanismos de privatización de la naturaleza y de los territorios campesinos e indígenas vayan a ser menos efectivos; probablemente sólo significará que nuevos mecanismos de privatización podrán ser inventados según se necesite por cualquier abogado corporativo con imaginación.

Un principio básico de todo el ALCA es que la privatización y el capital internacional deben tener acceso a todo tipo de recursos y actividades. Cualquier medida en contra de ello puede ser denunciada como una práctica discriminatoria contra la inversión extranjera e incluso como una medida expropiatoria a las empresas extranjeras. Como se discutió en la introducción, ambos tipos de medida se prohíben en el ALCA y cualquier país que decida en sentido contrario quedaría sujeto al pago de grandes indemnizaciones o sanciones. Por tanto, se eliminan las barreras de todo tipo a la propiedad privada transnacional.

Los mecanismos y privilegios de ingreso del capital transnacional a todo el continente se fijan principalmente a través del capítulo sobre inversiones y el de servicios. A fin de poder entender cómo funcionarán tales mecanismos, vale la pena estudiarlos con algo más de detalle.

El capítulo sobre inversiones: redefiniendo el mundo

A través de diversas cláusulas, el capítulo sobre inversiones hace una redefinición fundamental de diversos conceptos jurídicos, de derecho, económicos y políticos. Específicamente, hay seis grandes re-definiciones.

1. Una redefinición de las relaciones jurídicas entre los Estados y los dueños del capital, ya que les otorga la misma jerarquía jurídica y el mismo grado de soberanía en caso de desacuerdos. Gracias a este capítulo, cada vez que las empresas internacionales estén en desacuerdo con los Estados por la aplicación de alguna normativa o procedimiento legal, podrán llevar sus diferencias con los Estados a arbitrajes privados y fuera del territorio nacional.

2. Una redefinición de qué constituye una expropiación, ampliándola a cualquier proceso, acontecimiento, medida o acción que disminuya los bienes y/o ganancias de las grandes empresas. Las expropiaciones quedan prohibidas; si llegan a hacerse pueden ser cuestionadas por los mecanismos de arbitraje anteriormente mencionados y si continúan adelante deben ser recompensadas. La compensación debe cubrir tanto los bienes como las posibles ganancias. Por ejemplo, se considera expropiación el no autorizar el funcionamiento de una cierta industria porque contamina más allá de lo permitido legalmente (México. Canadá y varios estados de Estados Unidos han pagado ya miles de millones de dólares por demandas como éstas). Pero también el descontento social es definido como un acto expropiatorio; si se hiciese, por ejemplo, una campaña latinoamericana “no siembre ni coma transgénicos” o una campaña por la producción local de semillas, y ellas tienen éxito, Monsanto podría considerarse expropiado. Si los Estados no hacen algo para impedirlo, Monsanto podría demandar compensaciones de cada Estado latinoamericano. No se necesita saber leer el futuro para comprender que los Estados estarán muy interesados en reprimir cualquier forma de descontento. Y no habrá forma de distinguir entre descontento social y derechos laborales o humanos.

3. Un redefinición de lo que constituye un trato justo y equitativo. EL ALCA dice otorgar un trato “justo y equitativo” al capital internacional. En una parte del tratado, se le garantiza a los inversionistas internacionales que serán tratados igual que cualquier otro inversionista del país en que estén. Cualquier derecho o protección que un Estado le otorgue a un sector económico nacional, deberá ser automáticamente extendido a los inversionistas extranjeros. Es lo que se denomina trato nacional. Pero adicionalmente existe el “trato de nación más favorecida”, que implica que los inversionistas extranjeros gozarán automáticamente de todo privilegio, por sobre las condiciones que gocen los inversionistas nacionales, que haya sido otorgado a cualquier otro inversionista extranjero. Es decir, lo justo y equitativo es que se garantizará a la inversión extranjera privilegios automáticos (y sin posibilidades de los Estados para negarse) y por sobre las concesiones que se le otorguen a los empresarios nacionales.

4. Una redefinición de qué es inversión. Ya no será inversión sólo el dinero y los bienes materiales que se instalen con fines comerciales en un determinado lugar. Lo podrían ser también la propiedad intelectual, los permisos otorgados por los gobiernos, el prestigio, el dominio de mercados específicos. En su re-definición más radical, la inversión no necesita estar asociada a un fin productivo o de servicios; basta con que esté asociada a la obtención de ganancias. La especulación, por lo tanto, pasa a ser oficialmente inversión. Todo ello deberá ser protegido por los Estados que reciban la inversión internacional.

Esta nueva forma de definir inversión es tan amplia y permisiva para el capital que se puede llegar a dos absurdos en su interpretación. La primera es que cualquier persona o grupo humano de un país que legalmente posea un bien que le entregue beneficios económicos puede ser tratado como un inversionista nacional. La segunda es que basta que alguien se apropie de un bien o recurso –incluso sin gastar un peso- para que éste se convierta en una inversión. Por ejemplo, la privatización del agua en Chile se ha hecho mediante el otorgamiento jurídico y sin mediar pagos. ENDESA de España es hoy dueña de cerca del 80% del agua de Chile, sin haber pagado por ella, cortesía del Estado chileno. A pesar de la gratuidad, bajo el ALCA eso se consideraría una inversión.

Como veremos más adelante, estos dos elementos tendrán repercusiones extremadamente negativas para la integridad de los territorios indígenas y serán herramientas muy efectivas para garantizar la propiedad privada sobre territorios y recursos naturales.

5. Una redefinición de la movilidad del capital. Tradicionalmente, toda inversión internacional se ha hecho bajo ciertas reglas que disminuyen las posibilidades de especulación de corto plazo y buscan asegurar que las inversiones permanezcan en un determinado lugar hasta entregar un mínimo de beneficios. Cualquier restricción en este sentido es ahora eliminada. Las empresas podrán salir de un país literalmente de la noche a la mañana. Dada la nueva definición de qué es inversión, esta re-definición abre las puertas a la especulación masiva.

Pero especialmente esto abre las puertas para que el capital se reacomode rápidamente y sin casi costos en los lugares donde se den las condiciones más beneficiosas. Eso permitirá que las grandes empresas presionen sin pausa por conseguir condiciones cada vez de mayor privilegio. No hay que olvidar que bastará que un inversionista internacional obtenga una determinada condición favorable, para que todos los demás la obtengan en ese lugar. No se necesita gran imaginación para darse cuenta que las empresas internacionales actuarán como carteles y que los gobiernos se disputarán las posibilidades para otorgar cuál más privilegios. Ello, sin lugar a dudas, incluirá garantizar la mano de obra más barata e indefensa, tanto en el campo como en la ciudad.

Es este tipo de cláusulas la que ha permitido el crecimiento explosivo de las empresas maquileras en México. Con el ALCA , América Latina en su conjunto será zona de maquilas.

6. Re-definición de qué constituye un buen desempeño. Nuevamente con el fin de evitar la especulación y asegurar algún tipo de beneficios, todo Estado ha tenido poderes para exigir un desempeño mínimo a la inversión extranjera. Ello puede incluir un cierto monto de producción para el consumo interno o la exportación, la exigencia de emplear a una determinada cantidad de trabajadores del país, utilizar un cierto porcentaje de insumos de origen nacional etc. Todo ello se elimina. Los inversionistas internacionales podrán organizar sus empresas y procesos productivos con plena libertad. Podrán traer todas las materias primas del extranjero, inundar el mercado nacional con su producción o exportarla absolutamente toda. Nuevamente, los países deberán mirar sin poder decir palabra al respecto.

El capítulo sobre servicios: la privatización de la naturaleza, los gobiernos y los Estados

El capítulo sobre servicios es aparentemente muy sencillo: dice que un servicio es un servicio y que todo servicio queda abierto a la acción y propiedad del capital extranjero. La tan rudimentaria definición de que un servicio es un servicio no demuestra incapacidad pensante de parte de los negociadores; sus potencialidades de aplicación insinúan en cambio que ella es la definición perfecta para que todo lo que no se puede privatizar a través del resto del ALCA pueda privatizarse a través de este capítulo.

Hasta el momento, la mayor atención sobre las negociaciones relacionadas a servicios se ha concentrado en la banca, las finanzas, las comunicaciones, el transporte y la energía. En servicios, sin embargo, se incluye además educación, salud, agua potable, previsión social (fondos de retiro). Pero mucho más importante es que basta que una actividad, bien o recurso sea definido como un servicio para que éste se convierta en tal. Así, por ejemplo, hoy se utiliza el término “servicio ambiental” para describir elementos tan diversos como el agua, el ecoturismo, la biodiversidad. Todo ello, por lo tanto, queda bajo el dominio de este capítulo y, a través de él, sujeto a privatización por parte del capital internacional. Los textos en negociación definen además como servicios a todas las funciones de los aparatos públicos: el impartir justicia, las tareas de normalización, reglamentación y fiscalización, las estadísticas nacionales, el ejército, la policía, las cárceles. Inicialmente se definen como servicios estatales o gubernamentales, pero luego se agrega que los estados pueden delegar al menos parcialmente estas funciones. La delegación es, en los hechos, una forma de privatización.

Una definición adicional incluída en este capítulo es que el suministro de un servicio abarca la producción, distribución, comercialización, venta y prestación de un servicio. Esta definición asegura que los mecanismos de privatización puedan actuar de la manera que mejor asegure las ganancias. Ya veremos cómo eso podría funcionar.

Las posibles estrategias de expropiación y apropiación territorial

Como ya se vio, el capítulo sobre agricultura fija condiciones destinadas a acabar con las agriculturas campesinas y locales, y permitir la entrada masiva de los excedentes de producción principalmente de Estados Unidos y Canadá, pero también de otros grandes productores latinoamericanos. Ya sea a través de la menor actividad productiva o de la directa expulsión desde el campo, lo que probablemente veremos es comunidades campesinas e indígenas enfrentadas a situaciones aún más agudizadas de pobreza. Será el momento de ingresar los mecanismos que se incluyen en los capítulos recién comentados.

El marco general de acción será que nada está vedado a la propiedad privada y empresarial en general, ni al capital transnacional en particular. Por tanto, todo sistema de protección a la propiedad de la tierra por parte de comunidades campesinas o pueblos indígenas deberá ser eliminado. La tierra deberá ser por ley enajenable.

Si el argumento de que el capital transnacional debe tener libre acceso a la propiedad no logra todo lo que busca, entonces podrá argumentarse, en base a la amplia definición de qué es una inversión, que las comunidades campesinas e indígenas son inversionistas nacionales y, por tanto, no pueden recibir un trato más favorable que el que se le de a las transnacionales. Será posible afirmar que todo trato especial a campesinos e indígenas es ilegal bajo el ALCA. Al establecimiento por ley que las tierras indígenas son enajenables se le deberá sumar la derogación de los derechos reconocidos a través de los limitados reconocimientos legales o constitucionales que hacen los Estados Latinoamericanos.

Con lo anterior desaparecerá, entre otros, el concepto de territorio indígena. La tierra podrá ser mantenida en manos indígenas como propiedad individual, sin controles colectivos. El agua, el aire y áreas naturales dentro de los antiguos territorios quedarán en situación jurídica difusa, o podrán ser asignados en parte como propiedad individual. Será entonces posible comenzar de manera masiva la enajenación de tierras y agua producto de las deudas, o su compra a bajos precios, ya que la situación de ruina de la agricultura campesina probablemente así lo permitirá. Los grupos y familias que permanezcan en la tierra probablemente lo harán en fragmentos territoriales discontinuos, lo que disminuirá aún más sus posibilidades de supervivencia económica y cultural.

Si se sigue la senda inaugurada por Chile en la década del 80 con el agua, es posible que una parte del agua de los antiguos territorios indígenas sea entregada directamente y en forma gratuita a las empresas transnacionales. Nuevamente bajo el modelo chileno para el agua, bastaría con pedirlo a los tribunales.

Si se hizo posible argumentar que las tierras campesinas y los territorios indígenas son enajenables, también será posible argumentar que igualmente lo son las reservas naturales, parques nacionales, etc., con toda la biodiversidad y agua que mantienen y generan. Si ellas deberán ser compradas o podrán ser obtenidas por simple petición ante los tribunales es intrascendente.

Por su compartida condición de marginalidad o lejanía de los grandes centros urbanos, las áreas de agricultura campesina, los territorios indígenas y las reservas naturales suelen conformar continuos territoriales importantes. Y dentro de ellos se encuentran grandes reservas petrolíferas, minerales, de biodiversidad y de agua. La conformación de grandes territorios en manos de grandes corporaciones pasará a ser una necesidad empresarial y una realidad legal.

Con lo anterior se habrá pasado del desmantelamiento de espacios campesinos y territorios indígenas a la creación de continuos territoriales en manos del capital transnacional. La aplicación de las normas sobre servicios permitirá llevar la situación a un punto aún más grave.

La conformación de territorios-feudos bajo control empresarial transnacional

El capítulo sobre servicios indica que los gobiernos pueden delegar “facultades reglamentarias, administrativas u otras de carácter gubernamental”. No hay excepciones claras a “otras de carácter gubernamental”, por lo que se pueden interpretar sin mayores límites. Por otro lado, este mismo capítulo no pone limitaciones al tipo de organización o institución privada en la que los gobiernos pueden delegar sus funciones. Ya hoy conocemos las empresas privadas de seguridad; en el futuro podría ser la policía manejada por una empresa.

Sin embargo, el ALCA da un paso más hacia la privatización del mundo y las relaciones sociales. Lo que se privatiza son las facultades reglamentarias, no sólo el ejercicio o implementación de ellas. Por tanto, los grandes espacios territoriales bajo control del capital transnacional podrán además contar con una reglamentación definida por entes privados, los que no solamente pueden sino que deben proteger los intereses empresariales.

Se completa así un primer círculo: de la ilegalización de los derechos de control territorial de los pueblos indígenas se pasa a la instauración de un férreo control territorial por parte de las transnacionales.

Cómo se expresará o ejercerá este poder es imposible de prever, pero existen varios escenarios posibles. Un primero, sin duda, es la expulsión de toda la población para luego permitir la entrada de quienes se necesite para llevar a cabo la explotación económica de los territorios.

Un segundo es la mantención de bolsones territoriales habitados con familias campesinas o comunidades indígenas para que presten servicios cuya implementación puede resultar costosa o riesgosa a las empresas. Los servicios pueden ser proveer mano de obra barata, turismo, recolección o producción de especimenes biológicos, etc.

Un ejemplo de esta estrategia ya se ve rudimentariamente en las formas en que opera el ecoturismo y el turismo rural. Los campesinos y comunidades indígenas son los que efectivamente prestan el servicio y para ello a menudo deben efectuar inversiones que les resultan difíciles o imposibles de sustentar, pero son empresas turísticas las que controlan la comercialización, precios, ganancias, y condiciones en que se entrega el servicio. Así, se han creado situaciones de endeudamiento que han llevado a la pérdida de la tierra o a una mayor dependencia en relación a las empresas que comercializan el servicio.

Cuando las situaciones anteriores se multipliquen bajo el ALCA, el control territorial por parte de las empresas agravará las condiciones de dependencia; son ellas las que podrán fijar reglas de funcionamiento, cuotas de actividad, precios, normas de calidad, formas de pago etc. En otras palabras, campesinos e indígenas podrán convertirse en trabajadores maquileros del campo, con incluso un agravante adicional: ellos también deberán asumir los riesgos de la inversión.

En cualquiera de los dos escenarios, quien pise o de alguna forma interactúe con territorios bajo control de las transnacionales deberá someterse a las reglas definidas por entes privados y garantizar que no hará nada que pueda impedir la realización de ganancias por parte del capital. Si, por ejemplo, una comunidad campesina o indígena que hubiese resistido en su tierra decidiese no respetar tales reglas, podría ser acusada de causar pérdidas a la transnacional que controle el resto del territorio. Si el gobierno no hiciese nada por impedir este tipo de desacato (por ejemplo, ordenar a la policía privada que reprima), podrá ser demandado por expropiación y verse en la obligación de pagar compensaciones. ¿Cabe duda sobre qué harán los gobiernos?

La privatización de la biodiversidad en general, y la privatización y/o destrucción de la biodiversidad cultivada en particular.

El control y la privatización del territorio implican necesariamente el control y la privatización de la biodiversidad. El interés por controlar ambos por parte de las transnacionales tiene diversas razones. Algunas de las más importantes son:

a) La biodiversidad (plantas, animales, microorganismos) es la fuente original de sustancias y materias primas que probablemente serán la base de todo el desarrollo industrial futuro. De fuentes biológicas se espera obtener y luego multiplicar fármacos, agroquímicos, materiales médicos, órganos para transplantes, materiales de construcción, energía, materias primas para todo tipo de industria, y casi cualquier elemento que hoy se considere posible fabricar. Finalmente, aunque de manera perversa, la gran industria se ha dado cuenta que la vida en el planeta es la única fuente permanente de sustento para la vida humana.

b) La biodiversidad es también el factor fundamental que mantiene a nuestro planeta funcionando dentro de márgenes adecuados para la vida humana. El equilibrio, sin embargo se hace cada vez más precario. Elementos como la estabilidad del clima, la disponibilidad de agua dulce, la regulación de los cauces de los ríos, la existencia de nichos ecológicos que permitan que las especies sobrevivan, etc., fueron dones del planeta que hoy ya no pueden darse por sentados. Controlar la biodiversidad y los ecosistemas que la cobijan permite hoy controlar quién recibe tales dones y cobrar de acuerdo a ello

c) Los ecosistemas donde hoy continúa habiendo una biodiversidad importante en América Latina son también de los más ricos en petróleo y minerales.

En otras palabras, los ecosistemas ricos en biodiversidad, y la biodiversidad en sí son para el capital transnacional recursos que les permitirían renovar y expandir sus mercados de maneras mucho más agresivas y determinantes que las desplegadas hasta aquí.

Pero la biodiversidad es vida y como tal se escapa fácilmente de cualquier control. Aunque alguien reclame una planta, un animal o un microorganismo cono su propiedad exclusiva, ellos se seguirán reproduciendo sin permiso y tarde o temprano llegando a manos de alguien más que podrá seguir utilizándolos, cambiándolos y multiplicándolos. Este “peligro” es especialmente cierto cuando la planta, animal o incluso microorganismo cae en manos indígenas o campesinas, porque son ellos quienes han utilizado, cuidado y nutrido la biodiversidad del planeta durante milenios, y encontrarán mil maneras de seguir haciéndolo en el futuro. Adicionalmente, las empresas transnacionales se han dado cuenta que la biodiversidad es tan compleja que no es posible utilizarla de manera eficiente sin contar con un conocimiento igualmente complejo acerca de ella. Este conocimiento en la actualidad no proviene de la ciencia, sino que forma parte principalmente de los sistemas de conocimiento colectivo de comunidades campesinas y pueblos indígenas. Los grandes conglomerados industriales, por lo tanto, necesitan monopolizar tanto la biodiversidad como el conocimiento asociado a ella. Para ello, el ALCA propone un sistema de propiedad intelectual que supera con creces las aberraciones ya conocidas a través de las disposiciones de la Organización Mundial del Comercio (OMC) o de la Organización Mundial para la Propiedad Industrial (OMPI). Algunas de las características de la propiedad intelectual bajo el ALCA son:

1. Todo es patentable, ya sea como producto, ya sea como procedimiento. Las excepciones que permitía la OMC se eliminan. Los países sólo quedan con una vaga posibilidad de negar una patente por poner en peligro la moral o el orden público, la salud de las personas, o la existencia de plantas y animales. En caso de denegación quien desea la patente puede apelar, hasta llegar a los mecanismos privados de solución de controversias anteriormente discutidos.

2. La patente permite controlar o prohibir la fabricación, multiplicación, uso, venta, distribución, exportación e importación de un producto. Si la patente se refiere a un procedimiento, la patente además permite controlar o prohibir el uso del procedimiento y aplicar el mismo control a todo lo relacionado con el producto obtenido a través del procedimiento.

3. En su interpretación más extrema, las prohibiciones o formas de control se pueden extender incluso al uso privado o íntimo, absolutamente desligado de cualquier propósito comercial.

4. Si la patente se refiere a una característica biológica (por ejemplo, resistencia al frío), la propiedad se extiende a todos los organismos o materiales biológicos que tengan esa característica.

5. Las plantas cultivadas pueden además ser apropiadas mediante los llamados derechos de obtentor, que dan básicamente los mismos derechos que las patentes.

6. Quedan además como objeto de propiedad el conocimiento tradicional, las expresiones culturales, el folclore, con el fin específico que puedan ser comercializados y transferidos como propiedad a terceros.

7. Toda información asociada a un organismo patentado, incluso aquélla que hubiesen suministrado poblaciones locales, puede ser declarada confidencial y su difusión es motivo de multas y penas.

8. Cada país debe garantizar que establecerá procedimientos rápidos y mecanismos efectivos para castigar cualquier infracción a las leyes de propiedad intelectual.

9. Todos los países tienen la obligación de adherirse a todos los tratados de propiedad intelectual vigentes, incluso los recién aprobados o los que se puedan aprobar en el futuro, como el Tratado sobre Derecho de Patentes. Esto tiene implicancias graves. Por ejemplo, el Tratado sobre Derechos de Patentes impone textos y procedimientos legales que los parlamentos de cada país no podrán adecuar a las condiciones nacionales.

Nuevamente, aquí es posible prever distintas situaciones, pero las actividades de bioprospección que se han desarrollado hasta el momento, junto con los mecanismos de control que se han implementado en torno a zonas marítimas y naturales privatizadas, permiten predecir que algunos mecanismos tienen alta probabilidad de ser utilizados.

Un primero es que el acceso a las zonas con biodiversidad y a las plantas, animales y microorganismos que allí habiten quedará bajo el absoluto control de quienes se hayan apropiado de ellas. Si alguien lograse sacar plantas o animales de tales áreas, le serían confiscados junto a la aplicación de una multa. Lo miso ocurriría si luego lograse reproducirlos. Si una empresa autorizase la extracción y uso de material vivo, lo podría hacer bajo condiciones muy específicas y restringidas, incluso fijando formas de uso y prohibiendo su reproducción.

Un segundo es que los conocimientos de pueblos y comunidades enteras podrán ser transferidos a las empresas mediante pago a un individuo o grupo de individuos. Una vez declarados propiedad empresarial, será el conjunto de esos pueblos y comunidades quienes quedarán bajo la obligación de no difundir ni utilizar tales conocimientos. Quienes continúen haciéndolo pueden ser sometidos a multas o penas de cárcel.

En relación a las plantas cultivadas, toda nueva variedad deberá ser cultivada de acuerdo a las instrucciones dadas por las empresas de semillas, las que podrán determinar incluso las formas de cultivo. En ningún caso las plantas podrán ser reproducidas. Si las plantas son patentadas, las empresas incluso podrían fijar cómo se utiliza la cosecha.

Si las variedades tradicionales se cruzan con variedades patentadas, su uso puede ser prohibido por los dueños de las patentes, o ellos pueden exigir un pago por continuar cultivándolas. Lo mismo ocurrirá si alguna variedad tradicional tiene características que alguna empresa haya patentado, incluso si la característica estaba en la variedad local mucho antes que una empresa se apropiase de ella.

Con todo lo anterior se va conformando un cuadro en que se prohibiría en forma progresiva el cultivo de variedades locales, incluso para uso familiar, y se obligaría a aquellos campesinos que aún permanezcan en la tierra a utilizar variedades patentadas o bajo otras formas de propiedad industrial. Tales cultivos se deberán desarrollar bajo las condiciones y para los fines que la industria determine. Por un lado se destruirá la biodiversidad agrícola, por otro lado la industria queda como controlador absoluto de qué se cultiva, qué se consume, qué se comercializa.

Mientras tanto, las zonas de alta biodiversidad bajo propiedad transnacional podrán ser explotadas para la extracción principalmente de petróleo y materiales biológicos, bajo la reglamentación definida por organismos privados. En la medida que se desarrolle y amplíe el concepto de “servicios ambientales”, posiblemente veremos la imposición de pagos a la población en su conjunto por el hecho que las empresas no destruyan la cubierta vegetal de los territorios de los que se hayan apropiado. Ya no sólo tendríamos que pagar por el consumo del agua, sino que por la mantención de las fuentes de agua. Quizás debamos pagar por cada año sin desastres naturales o sin temperaturas extremas, o por cada siembra que no fue arrastrada por una inundación, o arruinada por una sequía. Por absurdo que todo esto pueda parecer, el texto del ALCA lo hace posible. Incluso más, un gobierno podría ser acusado de expropiación si no impone tales pagos.

En resumen, lo primero que veremos será la ruina y posible expulsión del campo de gran cantidad de campesinos e indígenas latinoamericanos, junto con el desconocimiento total a los derechos territoriales y culturales de los pueblos indígenas. Sobre ese fondo se desplegará un proceso de apropiación física de los territorios por parte de empresas transnacionales, los que además podrán quedar bajo normas y autoridades especiales definidas por organismos privados. La biodiversidad de las áreas silvestres quedará bajo el control de las grandes empresas y la diversidad cultivada será desplazada por el no acceso a los mercados o finalmente ilegalizada. El conocimiento campesino e indígena pasará a ser propiedad empresarial y los pueblos que lo crearon deberán abstenerse de compartirlo o utilizarlo. Quienes permanezcan o se les permita permanecer en las áreas rurales deberán hacerlo bajo las condiciones y normas fijadas por las empresas transnacionales, posiblemente como mano de obra barata y desprotegida. Finalmente, tanto la población rural como la urbana deberán pagar a las empresas por mantener las propiedades que les permitirán cobrar por cada elemento que los seres humanos necesitamos para vivir.

Absurdo y aberrante, pero posible bajo el ALCA

3. La oposición y resistencia son posibles

Ante la desvergüenza y brutalidad del ALCA y de los gobiernos que lo están negociando, es fácil sentirse abrumado, sobrepasado y quizás hasta derrotado. Nadie estaría más feliz de que así fuese que los mismos sectores que impulsan y tratan de imponer el ALCA. Sin embargo, hay un conjunto amplio de iniciativas y formas de resistencia posibles o ya en marcha que nos permiten ser optimistas.

Un primer hecho que no debemos olvidar en relación al ALCA es que hoy se oponen a él sectores sociales de todos los países de América, incluso de Estados Unidos y Canadá. Justamente si los gobiernos han hecho esfuerzos tan grandes por mantener las negociaciones secretas, ha sido porque saben que los pueblos americanos repudiarían radicalmente el acuerdo si estuvieran plenamente informados acerca de él. Lo que es quizás la actitud más arrogante y anti-democrática de los gobiernos del hemisferio –el secreto- es también su mayor muestra de debilidad. Por tanto, nadie está solo en esta lucha; la tarea de todos es conectarse local, nacional e internacionalmente con los muchos otros que resisten.

En segundo lugar, la resistencia es posible. En ocasiones en que las organizaciones sociales e han movilizado de manera decidida y clara, ha sido posible presenciar victorias importantes. Condiciones similares a las que se buscan imponer a través del capítulo sobre inversiones del ALCA formaron parte del llamado Acuerdo Multilateral de Inversiones (AMI), acuerdo que fue en algún momento impulsado con fuerza por los principales países industrializados. La oposición ciudadana en Europa y las denuncias hechas por diversas organizaciones de la sociedad civil finalmente obligaron a los gobiernos involucrados a abandonar sus intentos. En América Latina, fueron las organizaciones principalmente campesinas e indígenas las que impidieron la privatización del agua potable en Bolivia, y fue un conjunto amplio de organizaciones populares movilizadas las que impidieron la privatización de la salud en El Salvador. En estos tres ejemplos, las movilizaciones fueron masivas y persistentes, y nada en el ALCA impide que las movilizaciones contra él también lo sean.

En tercer lugar, ya hay oposición organizada. Un conjunto grande de organizaciones que se oponen al ALCA al nivel de cada país ha logrado concertar sus actividades a través de varias redes regionales y de una campaña continental contra el ALCA. Entre otras acciones, esta campaña incluye el trabajo de información de las organizaciones sociales y la opinión pública, el desarrollo de procesos de plebiscito popular sobre el ALCA (como procesos que permitan educar sectores sociales amplios al respecto) y protestas coordinadas en todo el continente. Su lema central es “No al ALCA, otra América es Posible”.

Pero lo anterior requiere organizaciones y pueblos informados. Difundir esta y otra información acerca del ALCA es fundamental, a través de diversos medios y condiciones. El internet ya es una fuente importante de materiales de difusión, y todos ellos están disponibles para ser utilizados en campañas locales, nacionales y regionales. Cualquier búsqueda en internet con la frase “No al ALCA” da cientos de posibilidades. El sitio www.biodiversidad.la da acceso a varias decenas de lugares donde encontrar documentos e información al respecto. Por lo mismo, este documento puede ser copiado, multiplicado, adaptado y distirbuido de todas las formas que se considere conveniente. Sólo pedimos que se den los correspondientes créditos a GRAIN.


Referencia de este artículo: GRAIN, 2003, Una introducción al ALCA - Las negociaciones por un tratado de libre comercio en las Américas, enero de 2003, Publicaciones de GRAIN

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Vínculo Web: www.grain.org/sp/publications/alca-2003-sp.cfm y www.biodiversidadla.org/documentos2/documentos335.htm

Author: GRAIN
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