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¿Misión imposible para la OMPI?

by GRAIN | 24 Dec 1998

BIODIVERSIDAD
SUSTENTO Y CULTURAS

¿Misión imposible para la OMPI?
por GRAIN

Diciembre de 1998

 

 

A principios de este año, la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) anunció la puesta en marcha de un nuevo programa que trataría sobre la extensión de los derechos de propiedad intelectual «a otros beneficiarios», como las comunidades locales y los pueblos indígenas. El programa comenzó al mismo tiempo que la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la OMPI comunicaron que trabajarían juntas para «ayudar» a los países del Sur a poner en práctica sus compromisos según los acuerdos sobre derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio (TRIPs).

La pregunta lógica es si el nuevo programa realmente se propone ayudar a esos grupos o sencillamente la OMPI está actuando como «mucama» de la OMC para cooptar esos grupos y allanar el terreno para la implementación de los polémicos TRIPs.

 

El avance aparentemente incontenible de la globalización, ha hecho que la cuestión de los derechos de propiedad intelectual sea motivo de preocupación en todo el mundo. Hasta hace muy pocos años la cuestión de los derechos de propiedad intelectual siempre, había pertenecido al ámbito de un organismo de la ONU bastante anodino, conocido como Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. A medida que aumentó la importancia económica del tema, la Organización Mundial del Comercio (OMC) empezó a inmiscuirse en la esfera de los derechos de propiedad intelectual, con lo que la OMPI quedó empantanada tratando de encontrar su lugar y su rumbo. El acuerdo de la OMC sobre los aspectos de propiedad intelectual relacionados al comercio (TRIPs) empezó a tener prioridad como ámbito internacional de discusión sobre el tema. Al mismo tiempo, las empresas trasnacionales empezaron a ejercer fuertes presiones sobre los gobiernos de sus países de origen para que utilizaran la OMC como ámbito para obligar al Sur a poner en práctica los TRIPs, presión que ahora se hace notoria para los gobiernos del Sur.

Uno de los aspectos más polémicos del acuerdo TRIPs es que exige que los Estados hagan valer los derechos de propiedad intelectual universalmente sobre todas las tecnologías, especialmente aquellas que previamente estaban declararadas a nivel nacional como inadecuadas para aplicar derechos monopólicos; entre las que figuran los productos farmacéuticos y materiales biológicos como plantas y microorganismos. La OMC está apremiando para que esos derechos de propiedad intelectual sean formas de protección fuertes y monopólicas, como patentes o algún sistema sui generis (especial) "eficaz". El sistema de patentes comenzó a utilizarse el siglo pasado en los países industrializados como instrumento para aumentar la competitividad de las empresas, controlar los mercados e incrementar las ganancias. Funciona claramente en beneficio del Norte y ahora los países industrializados están poniendo mucho empeño en eliminar de los TRIPs la opción sui géneris, dejando a las patentes como única alternativa de derechos de propiedad intelectual. (Véase recuadro).

Esto permitiría a sus empresas aumentar sus monopolios, a un alto precio (monetario, social y cultural) para el Sur. En un artículo (9/4/1998) publicado en la respetada revista científica internacional Nature se concluye que "si no se introducen modificaciones sobre las cuestiones del conocimiento autóctono y los derechos comunitarios, [los TRIPs] aumentarían las desigualdades sociales y, en consecuencia, fomentarán el conflicto social".

La OMC y la OMPI se unen

En julio del presente año, la OMC y la OMPI anunciaron que iban a unirse para «ayudar» a los Estados del Sur a cumplir el plazo del año 2000 para poner en práctica los TRIPs, medida que devolvió a la OMPI a la arena de los derechos de propiedad intelectual y vuelve a situarla como actor clave en el juego. Casi al mismo tiempo, la OMPI propuso también una iniciativa para extender el uso de los derechos de propiedad intelectual a nuevos beneficiarios, especialmente a los pueblos indígenas y las comunidades locales. Esta medida puso en alerta a muchas ONG, grupos comunitarios y pueblos indígenas, a la luz del reciente alineamiento de la OMPI con la OMC. Hasta ahora, los países del Sur han considerado a la OMPI un socio preferible antes que la OMC, porque se piensa que es más democrática y menos manipulada por los intereses del Norte. Sin embargo, habrá que cuestionar esa posición una vez acoplada a la OMC, ya que ésta última impone cada vez más las reglas del juego sobre los derechos de propiedad intelectual, y podría suceder que se obligue a la OMPI a ejecutarlas.

Los TRIPs:
una manera de apoderarse de la vida

La OMC se está convirtiendo rápidamente en una constitución mundial que pasará por encima de todas las constituciones nacionales. Esta realidad confiere aún más importancia al poder del acuerdo sobre TRIPs. Estados Unidos ha estado ejerciendo una presión considerable para que se saque del artículo 27.3 del mencionado acuerdo la cláusula sobre sistemassui generis de propiedad intelectual como opción para la protección de las variedades vegetales, lo que deja las patentes como la única opción disponible. Ahora parece que a esa posición se están uniendo el resto de los países que componen lo que en los círculos de la OMC se conoce como "el cuadrilátero": la Unión Europea (UE), Japón y Canadá. En un principio, la UE insistió en que se incluyera la cláusula de los sui generis en el acuerdo de los TRIPs porque todavía no se había aprobado la Directiva Europea de patentes sobre seres vivos y no tenía una posición sobre la patentabilidad de éstas. Al aprobarse la Directiva en mayo pasado, Europa se aproxima más a la posición estadounidense.

Mientras tanto, la verdadera "posición" sobre la patentabilidad de los seres vivos en Europa es cada vez más polémica. Los países tienen que ratificar el acuerdo en un plazo de dos años, pero se está ejerciendo una creciente presión sobre los parlamentarios para que se vuelvan a discutir las cuestiones de fondo. El movimiento contra las patentes sobre seres vivos está a todo vapor. El 16 de octubre, el gobierno holandés presentó ante el Tribunal Europeo de Justicia una impugnación de la Directiva de patentes. Esta es una medida sin precedentes que tendrá consecuencias serias y muy abarcativas, no sólo para los europeos sino también para el acuerdo sobre los TRIPs. Si la impugnación tiene éxito, afectaría no sólo al público europeo, sino también otros acuerdos, tales como el Pacto Andino. Actualmente hay muchas presiones (de gobiernos y empresas) sobre las partes de dicho Pacto para que redacten leyes similares a la Directiva de la Unión Europea. Con esta impugnación, seguramente se esperará hasta que se resuelvan las cosas en Europa.

Con este telón de fondo surgió la propuesta de la OMPI "Derechos de propiedad intelectual para nuevos beneficiarios". El programa es dirigido por la División de asuntos relativos a la propiedad intelectual en el mundo, que también tiene a su cargo programas nuevos sobre diversidad biológica y biotecnología y la protección de las expresiones del folklore. Según Robert Castelo, director adjunto de la OMPI, el nuevo programa abordará "la exploración y la investigación de las necesidades y expectativas de los posibles nuevos beneficiarios de los derechos de propiedad intelectual, /…/grupos que, por diversas razones, no han tenido acceso al sistema de propiedad intelectual". El primero de los grupos de nuevos beneficiarios enfocados es el de los pueblos indígenas, las comunidades locales y los poseedores de conocimiento tradicional. Llamativamente, el programa fue presentado precisamente después que el Convenio sobre la Diversidad Biológica aprobara, tras abundantes y candentes discusiones, comenzar discusiones sobre el desarrollo del artículo 8j sobre los derechos de los pueblos indígenas y las comunidades locales (véase Biodiversidad, junio de 1998). En éste, los Estados miembros se comprometen a "respetar, preservar y mantener los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de las comunidades indígenas y locales que entrañen estilos tradicionales de vida /…/ y fomentar que los beneficios derivados de la utilización de esos conocimientos, innovaciones y prácticas se compartan equitativamente".

Una reunión con los "nuevos beneficiarios"

Las actividades del programa se iniciaron con una mesa redonda, celebrada en Ginebra del 23 al 24 de julio del presente año, a la que se convocó a varios líderes indígenas. El objetivo de la reunión era "facilitar un intercambio de opiniones entre los diseñadores de políticas y los pueblos indígenas para una aplicación más eficaz y posibles mejoras del sistema de propiedad intelectual para proteger el conocimiento indígena". Entre otras iniciativas figuraban una serie de misiones de investigación a varias partes del mundo, proyectos piloto relacionados con la documentación del conocimiento tradicional y la exploración de formas en que la tecnología de la información puede servir como instrumento para la protección y la conservación del conocimiento tradicional.

En la mesa redonda, varios líderes indígenas dijeron claramente que las opciones de propiedad intelectual actuales favorecen al Norte, en particular a los intereses de las empresas trasnacionales, y son completamente inaceptables. Como señaló Lars Anders Baer, del Consejo Saami de Escandinavia, "se puede observar una tendencia cada vez más generalizada de los gobiernos nacionales a trabajar en favor de los intereses de las empresas trasnacionales en contra de sus pueblos, en particular de los indígenas". Continuó diciendo "las empresas comerciales violan los derechos de propiedad intelectual de los pueblos indígenas muy a menudo". Aunque esas violaciones no constituyen formalmente un incumplimiento de las normas escritas, puesto que ni la legislación nacional ni las normas internacionales reconocen los derechos intelectuales de los pueblos indígenas, esas empresas son, no obstante, responsables ante el derecho consuetudinario indígena. Los gobiernos, el sistema de Naciones Unidas y las entidades comerciales no pueden seguir pasando por alto este hecho. Antonio Jacanimijoy, de la Coordinadora de Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica (COICA), agregó que "no podemos seguir utilizando y promoviendo un sistema de propiedad intelectual que reconoce las contribuciones de unos y no de otros, con lo que aumenta la diferencia entre ricos y pobres. Un sistema de ese tipo está basado en la injusticia y como tal es insostenible y debe cambiarse".

Al mismo tiempo, a algunos líderes les pareció que la OMPI podría jugar un papel en ayudar a establecer otras formas de derechos intelectuales. Algunos grupos indígenas tienen la impresión de que es inevitable el establecimiento de derechos de propiedad intelectual más estrictos y que no tienen más opción que la de tratar de sacar provecho de un mal sistema y obtener por lo menos alguna compensación y el reconocimiento de su propiedad intelectual. Varios participantes de la mesa redonda presentaron propuestas en relación al posible papel de la OMPI en esa cuestión. Quienes abordaron el asunto parecieron estar de acuerdo en que las soluciones planeadas de antemano para los sistemas sui generis nunca funcionarían y que éstas debían ser ideadas conjuntamente por los gobiernos, los grupos indígenas y las comunidades locales de cada país para que se adaptaran al contexto cultural, ambiental y económico.

Algunos líderes indígenas han instado a la OMPI a que realice más investigaciones para comprender la complejidad que tienen los conceptos jurídicos en las culturas de los pueblos indígenas. Como señala Baer, "el hecho de que los conceptos jurídicos indígenas, en especial la noción de derechos colectivos, puedan ser difíciles de entender para los regímenes jurídicos existentes no justifica que los gobiernos y las organizaciones intergubernamentales como la OMPI los pasen por alto". La OMPI tiene poca experiencia fuera de los derechos de propiedad intelectual occidentales y está por verse si está dispuesta a hacerse cargo de esta ardua tarea y si es capaz de llevarla a cabo.

Por otra parte, muchos líderes indígenas y observadores no creen que la OMPI consienta en abordar la cuestión del conocimiento indígena -o que tenga la capacidad de hacerlo- de un modo que pueda conducir al desarrollo de un sistema justo que esté al servicio de las necesidades y los derechos de los supuestos "nuevos beneficiarios". Algunas de las preocupaciones giran en torno a las posiciones y ambiciones políticas de la OMPI, su misión general y si está acreditada para emprender este ambicioso proyecto. Muchos consideran que los derechos de propiedad intelectual occidentales son por definición incompatibles con su concepción del mundo y su modo de ser y que no hay consultas que cambien esto.

También GRAIN tiene serias dudas respecto a la nueva iniciativa de la OMPI, que resumimos a continuación:

1) ¿Tiene sentido promocionar los derechos de propiedad intelectual?

A Kamil Idris, director general de la OMPI, le gusta decir que la función de la organización consiste en "proteger la creatividad humana". Sin embargo, Richard Owens, director de la División de asuntos relativos a la propiedad intelectual, habla abiertamente de cómo el nuevo programa "promoverá los derechos de propiedad intelectual" entre los "nuevos beneficiarios". Estas son dos cosas muy diferentes. Pero incluso la definición de Idris es engañosa. La OMPI emplea la palabra "protección" con el mismo sentido que la OMC, es decir proteger al poseedor de derechos de monopolio antes que proteger algo para el bien de todos. Como dice Liz Hosken, de la Fundación Gaia del Reino Unido, "la idea de derechos de propiedad intelectual que protejan el patrimonio comunitario seducirá a las personas poco exigentes o demasiado confiadas sobre la legitimidad de éstos, lo que prepara el terreno para poner en vigor el acuerdo sobre los TRIPs".

Aún si la concepción de Idris favoreciera un enfoque más abierto de la propiedad intelectual (como afirman algunos defensores de la iniciativa), la OMPI está institucionalmente adherida al modo tradicional de concebir los derechos de propiedad intelectual. El hecho mismo de que Owens admita descaradamente que la OMPI va a promover los derechos de propiedad intelectual en esos grupos pone en evidencia que no se les va a exponer una opinión equilibrada de los pros y los contras de tales derechos.

Este enfoque no sorprende demasiado, puesto que la misión de la OMPI ha sido claramente definida como "la promoción de la protección de la propiedad intelectual por todo el mundo". Al fin y al cabo, el 80% de la no desdeñable financiación de la OMPI (150 millones de francos suizos o 108 millones de dólares) proviene de los aranceles que percibe de usuarios privados por concepto de los servicios internacionales de registro que brinda. La OMPI dispone de un presupuesto impresionante para el nuevo programa y podrá utilizar todo tipo de ardides para vender sus ideas. Existe el gran peligro de que grupos que no conozcan bien las cuestiones relativas a los derechos de propiedad intelectual sean seducidos por las promesas de compensaciones financieras o de otro tipo sin comprender todas las consecuencias del asunto en que se están metiendo. Como dijeron sin ambages algunos grupos indígenas en la reunión del Convenio sobre la Diversidad Biológica celebrada en 1995: la consulta no es consulta si no se realiza entre partes iguales" (Véase Seedling, diciembre de 1995, p. 13).

2) ¿La OMPI puede ver más allá de las patentes?

Una de las principales incógnitas es saber si la OMPI está actuando simplemente como mucama de la OMC o está dispuesta a elaborar nuevas opciones creativas para proteger el conocimiento autóctono. La OMPI promueve las patentes y si el Norte se sale con la suya con el acuerdo relativo a los TRIPs, las patentes podrían llegar a ser la única opción que tengan los países del Sur en el área de derechos de propiedad intelectual. Esto podría ser desastroso para el Sur, tanto para los gobiernos como para toda la sociedad, pero especialmente para las comunidades locales y los pueblos indígenas.

Los conceptos occidentales de propiedad e innovación en los que están basadas las patentes son totalmente incompatibles con el modo en que la mayoría de los pueblos indígenas y comunidades locales entienden estos temas. Las patentes dan derecho al monopolio y están destinadas a recompensar la creatividad individual. Son "privadas" por naturaleza e impiden el acceso a la innovación o el conocimiento a las personas que no posean la patente. En cambio, a nivel local la mayor parte de los sistemas de conocimiento son de naturaleza colectiva y se basan en el intercambio libre y continuo de conocimiento y recursos en el marco de sus propias creencias y costumbres. Tradicionalmente, los pueblos indígenas y comunidades locales consideran la diversidad biológica y el conocimiento asociado como un patrimonio colectivo y no como propiedad privada. Ese patrimonio proviene de los antepasados y las comunidades tienen la responsabilidad de seguir acrecentándolo y pasarlo a las generaciones futuras. Para la mayoría de las comunidades locales y los pueblos indígenas, la mera idea de que las personas puedan escindirse de la naturaleza y "poseer" partes del mundo natural es inaceptable e incluso blasfema. Cualquier privatización -que se realice por medio de derechos de propiedad intelectual o de otro modo- de estos delicados sistemas locales de conocimiento, corre el serio riesgo de debilitarlos y destruirlos antes que protegerlos o promoverlos.

3) El asunto de las consultas

Los planes que tiene la OMPI de celebrar consultas con los "nuevos beneficiarios" se centran en siete misiones de investigación que están previstas para antes de finalizar 1999. El objetivo de dichas misiones es "determinar y explorar las necesidades, los derechos y las expectativas en materia de propiedad intelectual de los poseedores de conocimientos e innovaciones autóctonos, para promover la contribución del sistema de propiedad intelectual al desarrollo social, cultural y económico de éstos".

La primera dificultad con las misiones (y en realidad con toda la iniciativa de la OMPI) radica en su objetivo mismo. En éste, se parte de la base de que los poseedores de conocimiento autóctono tienen efectivamente necesidades en materia de propiedad intelectual y que los derechos de propiedad intelectual -adaptados o no- tienen algo que ofrecer para el desarrollo de aquéllos. No parece haber apertura para explorar todo el espectro de incentivos que se necesitan para promover y proteger las innovaciones locales o para impugnar la pertinencia de los derechos de propiedad intelectual o las repercusiones de éstos en dicho ámbito.

Un segundo problema es que se parte de la suposición de que los poseedores de conocimiento autóctono tienen expectativas sobre los sistemas de derechos de propiedad intelectual occidentales y pueden hacer sugerencias sobre como mejorarlos. Los sistemas de derechos de propiedad intelectual occidentales son un invento de la cultura industrial. Están inspirados en normas que no tienen ningún fundamento en las culturas de muchas comunidades locales. Las investigaciones de la OMPI aspiran buscar respuesta a preguntas tales como "¿En qué satisface el actual sistema de derechos de propiedad intelectual las necesidades y expectativas del informante con respecto al conocimiento autóctono?" o "¿Cómo clasifica y distingue el informante los diferentes cuerpos de conocimiento autóctono para los cuales espera o necesita la protección de derechos de propiedad intelectual?" Esto llevó al científico etíope Tewolde Egziabher, uno de los principales negociadores africanos en el Convenio sobre la Diversidad Biológica y en la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) a comentar: "Pretender que los `informantes' contesten semejantes preguntas es como pedirles a los antiguos atletas olímpicos sus opiniones acerca de las reglas del cricket. Esas preguntas sencillamente no son válidas".

El conflicto entre el convenio sobre la Diversidad Biológica (CBD) y los TRIPs

CDB TRIPs CONFLICTO
Los estados-nación tienen derechos públicos soberanos sobre sus recursos biológicos. Los recursos biológicos deberían estar sujetos a derechos de propiedad intelectual privados.
El otorgamiento obligatorio de licencias, debido a intereses nacionales, debería ser restringido.
La soberanía nacional implica el derecho a prohibir los derechos de propiedad intelectual sobre formas de vida.
El acuerdo relativo a los TRIPs exige que se reconozcan derechos de propiedad intelectual sobre formas de vida.
El uso o la explotación de los recursos biológicos, y el conocimiento, las innovaciones y las prácticas que derivan de ello, deben implicar un reparto equitativo de los beneficios obtenidos. Las patentes deben aplicarse a todas las tecnologías, incluso a las que se relacionan con el uso de recursos biológicos.
No se preve el reparto de beneficios entre los dueños de la patente y el país de origen del material del que se deriva el invento.
El CDB da un fundamento jurídico a los países para que exijan el reparto de los beneficios.
El acuerdo de los TRIPs niega esa facultad.
El acceso a los recursos biológicos exige el consentimiento fundamentado previo del país de origen. Exige también la "aprobación y la participación" las comunidades locales. No hay ninguna disposición que exija el consentimiento fundamentado previo para el acceso a los recursos  biológicos que posteriormente pueden ser "protegidos" por derechos de propiedad intelectual. El CDB, al exigir el consentimiento fundamentado previo, da a los Estados la facultad de reducir la biopiratería. El acuerdo de los TRIPs hace caso omiso de dicha facultad y de ese modo fomenta la biopiratería.
Los Estados deben fomentar la conservación y el uso sustentable de la biodiversidad como un objetivo de la humanidad y tener en cuenta todos los derechos a los recursos biológicos. Según las disposiciones del acuerdo de los TRIPs, la salvaguarda de la salud y la nutrición públicas, y el interés público en general, estarán sujetos a los intereses privados de los poseedores de derechos de propiedad intelectual. El CDB sitúa el interés público y el bien común por encima de la propiedad privada y los intereses personales. El acuerdo de los TRIPs hace exactamente lo contrario.

Fuente: adaptado de "TRIPs versus CDB" de la serie Comercio Global y Biodiversidad en Conflicto, Nº1, abril de 1998, GRAIN/GAIA. Disponible en español como "Conflictos entre los derechos de propiedad intelectual de la OMC y la gestión sostenible de la biodiversidad".

Cuesta entender cómo esas breves visitas permitirán efectuar las consultas adecuadas para que los funcionarios de la OMPI comprendan realmente las preocupaciones y esperanzas de los pueblos indígenas, en especial teniendo en cuenta que dicha organización carece de experiencia previa en lo que respecta a trabajar con ONGs o pueblos indígenas. Pero están preocupaciones parecen estar fuera de lugar, porque estas misiones ya se están efectuando. La misión en Africa oriental y meridional ya ha terminado -con una visita relámpago de 18 días que efectuaron dos abogados de la OMPI a Tanzania, Uganda, Namibia y Sudáfrica. En éste país, el equipo de la OMPI solo se reunió con un grupo de "nuevos beneficiarios", la comunidad San, con la que pasó solamente una tarde. Ese tiempo que apenas da para salir del vehículo 4 X 4 y tomarse una taza de té, mucho menos da para buscar respuestas a las complejas preguntas que la OMPI afirma que desea abordar.

Rachel Wynberg, de Biowatch Sudáfrica, asistió a una reunión destinada principalmente a parlamentarios de dicho país. La asistencia fue escasa y los funcionarios de la OMPI no parecían muy interesados en debatir. Admitieron que sus visitas eran muy breves y que no podían pretender obtener un panorama completo. Esperaban más bien, obtener un "paisaje" de los principales actores que intervenían en las diferentes regiones, como departamentos estatales, la industria, las ONGs y las comunidades. Teniendo en cuenta esto, una vez más era imposible que pudiera cumplirse el mandato de las misiones de investigación. Wynberg concluyó que "lo más preocupante es toda la palabrería que se usó para que las comunidades participaran en el proceso. Para entablar un diálogo fundamentado, en igualdad de condiciones y eficaz, es absolutamente fundamental llevar a cabo un proceso serio de creación de conciencia y comprensión entre los poseedores del conocimiento autóctono". Si la OMPI no empieza a tomar más en serio la cuestión de las consultas y no hace un esfuerzo para proporcionar información equilibrada en vez de información errónea o de no informar, corre el riesgo de violar el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales. Además, en la mayoría de los países hay una tensión considerable entre los intereses de los gobiernos y de los pueblos indígenas. Por ejemplo, el gobierno de Brasil ha negado la autorización para que se realicen las misiones de investigación planeadas.

El precio de las patentes

Hace poco, una ONG de Namibia consultó a la Fundación Gaia del Reino Unido, para saber cuál era la mejor manera de proteger los usos actuales y potenciales de una planta local. Cuanto más estudiaron la cuestión, más absurda se hizo la idea de las patentes. En la actualidad, las patentes son predominantemente derechos nacionales, de modo que una patente estadounidense solo es válida contra las violaciones cometidas en Estados Unidos. Para obtener la máxima protección habría que sacar patentes que cubrieran una amplia gama de usos y en tantos países como fuera posible. Las patentes se ponen en vigor a través de los juzgados de lo civil, de modo que los costos del pleito recaen únicamente en el propietario. También la carga de la prueba para demostrar una violación recae en el dueño de la patente. A continuación presentamos de manera resumida lo que cuesta aproximadamente proteger derechos mediante patentes en determinados países:

• Preparación de la solicitud de patente: EEUU: 10-20.000 dólares; Reino Unido: 1.600 dólares; Australia: 2.800-4.300 dólares; patente europea: 2.400-3.000 dólares.

• Aranceles: Reino Unido: 350 dólares; diez países europeos: 4.500 dólares; Australia: 500 dólares; diez países de todo el mundo (a través del tratado de la OMPI relativo a las patentes, PCT): 3.000 dólares sin contar los aranceles de registro internacional y nacional extraordinarios.

• Costos de traducción (para una patente de 25 páginas como promedio): 1.000 dólares por idioma.

• Gastos de mantenimiento (aranceles anuales para el país que concede la patente por veinte años): Reino Unido: 5.300 dólares; Francia: 5.160 dólares.

• Gastos de protección y oposiciones: Éstos son muy variables y difíciles de calcular. Un observador de la industria estadounidense calculó que los gastos de protección

4) Minando el Convenio sobre Diversidad Biológica

La Secretaría del Convenio ha estado discutiendo con la OMPI de qué modo ésta podría ayudar a la aplicación del artículo 8j, sobre derechos de las comunidades locales y pueblos indígenas. En el papel, el programa para los "nuevos beneficiarios" tiene el propósito de fomentar el Convenio, pero no está claro de qué manera se hará o qué consecuencias tiene eso. Uno de los posibles problemas es la influencia que tiene la OMC sobre la OMPI, puesto que hay un conflicto intrínseco entre los objetivos del Convenio y los TRIPs. Éstos exigen derechos monopólicos y la privatización de la diversidad biológica, mientras que el Convenio reconoce la importancia de los derechos colectivos, el libre acceso y la participación en los beneficios. La OMC, dominada por Estados Unidos, está pisoteando todos los tratados de protección al medio ambiente que existen e insistiendo en que el libre comercio (junto con un sistema de patentes armonizado mundialmente) sea el primer mandamiento de la conducta mundial. La OMPI dice ser más abierta que los TRIPs en su modo de ver los derechos de propiedad intelectual pero la OMC ha mostrado el uso de la mano dura en cada esfera en la que interviene y es probable que, por consiguiente, controle también a la OMPI.

Poniéndose del lado de la OMC, a la OMPI le resultará difícil colaborar con el Convenio. Y si se pone a intervenir realmente, su injerencia podría ayudar a sabotear todos los intentos que el Convenio hace para idear formas de protección del conocimiento y los recursos autóctonos que no sean derechos de propiedad intelectual. Se sospecha también que el papel de la OMPI podría estar destinado a abrir el artículo 8j a los derechos de propiedad intelectual, allanando así el camino para el proceso de adopción de los TRIPs. En círculos intergubernamentales se habla mucho de "armonizar" el Convenio con los TRIPs y es posible que esta sea la verdadera intención de este programa. Por otro lado, aumentan día a día las peticiones para que se dé primacía al Convenio sobre los TRIPs en los asuntos relacionados con la diversidad biológica. Más que armonía, hay un claro conflicto entre los TRIPs y el Convenio (véase recuadro).

5) El celo misionero

La motivación para crear el programa para los "nuevos beneficiarios" provino del director general de la OMPI, Kamil Idris, que considera que los derechos de propiedad intelectual para "proteger la creatividad humana" deberían ser puestos a disposición de todos los sectores de la sociedad. Algunos grupos indígenas y otros organismos como el Centro de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, que desde hacía años estaban pidiendo a la OMPI que asumiera esa difícil tarea, acogieron la medida con beneplácito. Sin embargo, la descripción altruista del programa y el celo misionero con el que se lo está promoviendo recuerda otros momentos de la historia. Como hace notar Hosken, "Fue el deseo de los misioneros de fomentar el cristianismo entre los `nuevos beneficiarios' lo que destruyó las costumbres tradicionales y la cohesión social, preparando así el terreno para que los conquistadores presentaran sus reclamos sobre las tierras ancestrales de los pueblos". Fue también la excusa para perpetrar el genocidio, la devastación del medio ambiente y la destrucción de la diversidad cultural.

El lenguaje que usa la OMPI es peligroso y lleva a engaños. En la descripción de su programa sobre Propiedad Intelectual Global se destila un lirismo casi cínico sobre los derechos de propiedad intelectual: "Lo hondo que cala la propiedad intelectual en el tejido de las actividades y aspiraciones humanas y el carácter universal de los derechos de propiedad intelectual, exigen que se exploren nuevos caminos para que los sistemas de propiedad intelectual puedan servir de motor para el progreso social, cultural y económico de las diversas poblaciones del mundo." Esto es en realidad la antítesis de lo que los derechos de propiedad intelectual tienen verdaderamente para ofrecer a quienes no sean ricos y poderosos. No figura indicación alguna de que los derechos de propiedad intelectual podrían atentar contra los intereses de los "nuevos beneficiarios" o actuar en beneficio de las trasnacionales antes que de las comunidades. No se discute el hecho de que los sistemas de derechos de propiedad intelectual favorecen a los grandes y poderosos, y perjudican a los más vulnerables. Es muy difícil imaginar cómo la mayoría de las comunidades podrían alguna vez conseguir el dinero o el asesoramiento técnico para entrar en el juego o defenderse una vez que estén en él, cuando incluso muchas de las empresas más pequeñas del mundo industrializado luchan para encontrar recursos para hacerlo (véase recuadro).

Conclusión

Los pueblos indígenas, los grupos comunitarios y ONGs deberían mantenerse alerta y proceder con enorme cautela en lo referente al programa para "nuevos beneficiarios" de la OMPI. Los datos recogidos de las primeras misiones de investigación no inspiran confianza en el deseo o la capacidad de la OMPI de abordar realmente la cuestión de los derechos desde la perspectiva de los pueblos indígenas y las comunidades locales.

Incluso con la mejor de las intenciones (de lo cual hasta el momento no hay muchas pruebas salvo algunas declaraciones del director general Kamil Idris y alguna retórica literaria en los documentos del programa) el espacio político es escaso para que la OMPI haga algo más que promover las formas de derechos de propiedad intelectual existentes. Con la OMC pisándole los talones, la presión política ejercida desde adentro por la Unión para la Protección de Nuevas Variedades Vegetales (UPOV) y las propias ambiciones de la OMPI, cuesta darse cuenta cómo el programa para los "nuevos beneficiarios" podría hacer otra cosa. Muy posiblemente podría hacer mucho más daño ayudando a preparar el terreno para la puesta en vigor del acuerdo relativo a los TRIPs y aplastando iniciativas más auténticas (como las que surgen del Convenio sobre la Diversidad Biológica y la FAO) que intentan abordar la cuestión decisiva de los derechos a los recursos biológicos.

 

Principales fuentes de información:

* Varios documentos de la Mesa Redonda de la OMPI sobre Propiedad Intelectual y Pueblos Indígenas, Ginebra, 23 y 24 de julio de 1998. Se obtiene en el sitio web de la OMPI: www.wipo.org/

* Documento A/32/2 WO/BC/18/2, Global Intellectual Property Issues.

* OMC, 1998, Comunicación de la Secretaría del Convenio sobre la Diversidad Biológica, 22 de julio de 1998, WT/CTE/W/92.

* Comunicación personal de Liz Hosken y Helena Paul, de Gaia Foundation; Rachel Wynberg, de Biowatch; Richard Owens, de la OMPI; Tewolde Egziabher; Cyril Lombard, de CRIAA; Prof. Ekpere, de la OUA.

 

Author: GRAIN
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  • [1] http://www.wipo.org/