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Los derechos campesinos en Naciones Unidas ya son realidad

by Diego Montón | 30 Jan 2019


La Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas aprobó la Declaración de los derechos de los campesinos y otras personas que trabajan en áreas rurales. Con 121 votos a favor, 8 en contra y 54 abstenciones. Con fuerte respaldo al proceso de los países de América Latina, Asia y África. Se destacó el compromiso del Estado plurinacional de Bolivia que presidió desde 2012 el Grupo Intergubernamental de Trabajo para la Declaración en el Consejo de Derechos Humanos.

Una lucha de mas de 17 años de La Vía Campesina, que logró impulsar en la ONU el debate sobre el rol y situación del campesinado.

En plena ofensiva neoliberal, el capital financiero profundizó sus tentáculos en el campo. La mercantilización y financiarización de la agricultura provocaron despojos y desalojos, aumentos de la violencia y persecución sobre las comunidades campesinas, privatización de las semillas, trabajo esclavo, destrucción de mercados locales y aumento del hambre y la migración, destrucción de la naturaleza y contaminación entre otros flagelos.

Las organizaciones campesinas resistieron en todos los rincones del planeta. Luego de ocho años de discusión en los cinco continentes, la V Conferencia Internacional de Vía Campesina, realizada en 2008 en Mozambique, aprobó la Carta de los Derechos de Campesinas y Campesinos. Con el sustento de miles de luchas locales, y cientos de informes que documentaron violaciones en las comunidades rurales, se inició el desafío en Naciones Unidas.

La aprobación de la declaración fue saludada con jubilo, por Carla Mucavi directora de la oficina de FAO en Nueva York, la Alta Comisionada de la ONU para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, María Fernanda Espinosa, presidenta de la 73 Asamblea General de ONU y la relatora para el Derecho a la Alimentación, Hilal Elver, entre otros. También contó con el respaldo de organizaciones internacionales de pueblos indígenas, pastores, trashumantes, pescadores artesanales, trabajadores agrícolas, la Confederación Sindical de las Américas y ONG, como FIAN, CETIM y CELS.

Este reconocimiento en el mas alto nivel de ONU, ocurre en un contexto donde académicos, medios de comunicación y gobiernos insisten en la negación del campesinado.

Según el Grupo ETC, la agricultura campesina cuenta tan sólo con una cuarta parte de las tierras agrícolas, pero alimenta a más del 75% de la población mundial, mientras que la agroindustria subordinada al capital financiero, con tres cuartas partes de las tierras agrícolas sólo llega al 25% de la población.

Además de comparar la energía utilizada, consignan que, para producir un kilo de arroz, una campesina filipina utiliza ochenta veces menos energía que la agricultura industrial, y un campesino mexicano 33 veces menos energía que la agricultura estadounidense en el maíz. Teniendo en cuenta que la mitad de las emisiones de dióxido de carbono con efecto de invernadero provienen de la cadena agroalimentaria, queda claro que la agricultura campesina “enfría el planeta”.

La Declaración, en su Preámbulo y los 28 artículos, consigna derechos de los campesinos y obligaciones de los Estados: el texto es un compendio fundamental para la planificación y renovación de la política agraria mundial.

Algunos elementos para destacar:

El articulo 15 resalta: “Los campesinos tienen el derecho a definir sus pro-pios sistemas agroalimentarios, reconocido por muchos Estados y regiones como el derecho a la soberanía alimentaria.” De este modo ONU reconoce y reivindica la propuesta política que Vía Campesina introdujo en 1996 en los debates del Consejo de Seguridad Alimentaria de ONU respecto a como abordar la crisis alimentaria que afecta a mas de mil millones de personas en todo el mundo.

El Articulo 16 establece: “Los Estados adoptarán medidas apropiadas para reforzar y apoyar los mercados locales, nacionales y regionales en formas que faciliten y garanticen que los campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales accedan a esos mercados y participen en ellos de manera plena y en igualdad de condiciones para vender sus productos a unos precios que les permitan, a ellos y a su familia, alcanzar un nivel de vida adecuado”. Destaca la importancia de la intervención estatal para garantizar precios justos e ingresos adecuados. En la Argentina, la diferencia de precio entre lo que se paga al campesino y lo que paga el consumidor ronda ente el 500 al 1 600%, situación que sólo es posible resolver con una política pública que intervenga en defensa de quienes producen y del pueblo que consume.

El artículo 17 incorpora: “Los campesinos y otras personas que viven en zonas rurales tienen derecho a la tierra, individual o colectivamente [...] y en especial tienen derecho a acceder a la tierra, las masas de agua, y los bosques, así como a utilizarlos y gestionarlos de manera sostenible para alcanzar un nivel de vida adecuado, tener un lugar en el que vivir con seguridad, paz y dignidad y desarrollar su cultura”. Y recomienda a los Estados “la reforma agraria, para facilitar el acceso equitativo a la Tierra y su función social evitando la concentración”.

Este artículo es vital en el actual contexto de concentración y acaparamiento de la tierra. En América Latina, el 1% de los propietarios concentra más de la mitad de las tierras agrícolas, y tiene la distribución de tierras más desigual de todo el planeta: el coeficiente de Gini —que mide la desigualdad, 0 para la igualdad y 1 para la extrema desigualdad— aplicado a la distribución de la tierra en el continente alcanza al 0.79, muy por encima de Europa (0.57), África (0.56) y Asia (0.55).

En Argentina, según OXFAM, 83% de las Unidades Productivas Agropecuarias, detentan sólo al 13.3% del total de tierras productivas. Según otro estudio la agricultura familiar representa a dos tercios de los productores, pero sólo accede al 13.5% de la superficie de tierra agraria. En 2014, el gobierno argentino realizó un muestreo de casos de conflicto por la tierra campesina: el resultado arrojó 852 casos que abarcan más de 9 millones de hectáreas en conflicto.

La concentración de la tierra es una barrera estructural al desarrollo de una nación y al disfrute pleno de los derechos de campesinas y campesinos.

En el artículo 19 sostiene: “Los campesinos tienen derecho a las semillas […] El derecho a proteger los conocimientos tradicionales relativos a los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura; […] El derecho a participar en la toma de decisiones sobre las cuestiones relativas a la conservación y el uso sostenible de los recursos filogenéticos para la alimentación y la agricultura”. Frente al permanente avance de las transnacionales en la apropiación de material genético y de fuertes presiones por leyes de semillas que las avalen en el ultraje, este artículo cobra especial relevancia.

Otro dato preocupante de la actualidad, refiere a los agrotóxicos. La utilización masiva de agroquímicos, provoca la muerte por intoxicación de unas 200 mil personas al año en todo el mundo según el Informe de la Relatora Especial sobre el derecho a la alimentación. Para la Organización Panamericana de Salud en doce países de América Latina y el Caribe el envenenamiento por productos agroquímicos causa 15% de las enfermedades registradas.

En Argentina informes del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) detallan que 63% de los controles realizados en frutas, verduras y hortalizas en el mercado, entre 2011 y 2013, detectaron la presencia de residuos de químicos.

Estos datos, destacan límites al derecho a la salud, al ambiente saludable y a la alimentación saludable planteados en la Declaración.

La adopción de esta declaración termina con la idea neoliberal del “fin del campesinado” y hace un fuerte llamado a los Estados, no sólo a reconocer la identidad campesina, sino su rol, y a trabajar para terminar con las violaciones a sus derechos. Esto en un contexto de grave violencia rural global, con situaciones extremas como la colombiana, donde en 2018 fueron asesinados 105 líderes campesinos y 44 líderes indígenas o Brasil donde en 2017 asesinaron a 71 campesinos por conflictos de tierra o ambientales.

También enriquece el sistema de derechos humanos, y logra poner el debate democrático de los Estados por encima del cabildeo y los intereses del capital. Actualiza el sistema desde una perspectiva pluricultural y respeta a las miles de millones de personas que conciben los derechos colectivos como fundamentales para el disfrute de los derechos individuales.

Tenemos el desafío de difundirla en todos los rincones del campo, y que sea una herramienta para las luchas locales y las alianzas entre el campo y la ciudad, ampliando sus posibles usos en alegatos jurídicos, en adopción y propuestas legislativas a nivel municipal, provincial y nacional, para potenciar políticas publicas.

Los derechos campesinos requieren reformas agrarias en todo el mundo, que garanticen la agricultura campesina y agroecológica para alcanzar la soberanía alimentaria, fundamentales para la justicia y la paz mundial. Por eso podemos afirmar que esta declaración, de fuerte contenido humanista, es un paso adelante para la gobernanza global y los pueblos del mundo.

Diego Montón
Movimiento Nacional Campesino Indígena (Argentina)
Miembro del Colectivo Internacional de Derechos Campesinos de Vía Campesina

Author: Diego Montón