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Territorios Agroalimentarios

by CNA - Coordinador Nacional Agrario | 13 Aug 2015


Una figura territorial que vincula producción, naturaleza, política y cultura campesina:

 CNA Coordinador Nacional Agrario

En la cuarta Asamblea Nacional del Coordinador Nacional Agrario CNA, realizada en noviembre de 2013 en el corazón del Macizo Colombiano, San Lorenzo (Nariño), se reafirmó el firme propósito de defender la tierra y el territorio, avanzando en la consolidación de nuestra propuesta política de tierras y territorios y en el fortalecimiento de nuestros planes de Vida Digna. Se continúa en la lucha por la reforma agraria, la defensa del territorio y la permanencia en él, la defensa de los bienes comunes naturales, la territorialidad, identidad, cultura y economía campesina, la soberanía alimentaria, la vida digna en el campo y la soberanía popular; en este sentido se viene caminando en la propuesta de Territorios Agroalimentarios1.

Se trata de territorios habitados por campesinos, dedicados (no de forma exclusiva) a la producción agrícola y pecuaria en pequeña escala, pesca y sistemas silvo-pastoriles, así como pequeña minería combinada con agricultura. Aquí los productos generados sirven a la satisfacción de las necesidades propias del campesinado, así como de la población que no habita el mundo rural. Se trata entonces de contribuir desde la producción y el territorio campesino a la seguridad alimentaria de la población colombiana. Según la FAO, “… ésta es una situación que existe cuando todas las personas, en todo momento, tienen acceso físico, social y económico a suficientes cantidades de alimentos inocuos y nutritivos, que satisfacen sus necesidades dietéticas y preferencias alimentarias (o sea, que satisfacen las preferencias de calidad y culturales de la población) para llevar una vida activa y saludable en un forma continua y sostenible (FAO, 2000c)2

Producir implica regular y preservar el acceso a recursos de orden natural (en condiciones de equidad e igualdad) tales como la tierra apta para producción; así como a otros elementos como el agua, requerida para el cultivo; energía para dinamizar la producción y garantizar la reproducción de la fuerza de trabajo. También se demanda la preservación de esos recursos. Es decir, la protección ambiental a partir de la promoción de sistemas productivos no letales para la vida humana ni de flora y fauna. La restricción en el uso del suelo y el subsuelo, de actividades que atenten contra la disponibilidad, el acceso y el uso de recursos naturales de uso común. Se requiere igualmente tecnología amigable con seres humanos y el resto de la naturaleza. Infraestructura para conectar unidades productivas campesinas y a éstas con el resto de la población, complementadas con servicios sociales a los cuales se tiene derecho como seres humanos y ciudadanos; así como bienes públicos. Todo esto dispuesto para la defensa de la vida y el buen vivir.

Se demanda entonces, el reconocimiento de los territorios históricamente configurados por el campesinado por medio de una figura político administrativa que permita el reconocimiento de los derechos territoriales de los campesinos/as, la gobernanza del territorio y la promoción del bien común.

La figura de Territorios Agroalimentarios (TA), se concibe como parte privilegiada de un componente mayor en el que se configuran relaciones de producción, procesamiento, distribución y consumo de bienes alimentarios, teniendo como soporte principal las economías campesinas en lo productivo y a las comunidades campesinas en lo social. Estos territorios se constituirán en una alternativa para el gobierno territorial popular, la vida digna y la resistencia.

Son figuras territoriales asociativas destinadas a garantizar la producción y reproducción de las comunidades campesinas y sus relaciones de orden socio-cultural, político-comunitario y productivo-ambiental, donde las formas de producción solidaria, posibiliten entre otras cosas, confrontar el modelo de desarrollo rural nacional e internacional basado en la competitividad, la productividad y la intensiva extracción de recursos naturales, minerales e hidrocarburos.

Teniendo como base la producción agroalimentaria, entendida como la producción y la transformación de materias primas, la distribución y el consumo de bienes alimentarios para la población campesina y el resto de los habitantes del territorio nacional, los Territorios Agroalimentarios se convierten en un instrumento de política nacional de buen vivir y de reconocimiento de derechos territoriales y ciudadanos.

A la vez, son un instrumento, social y ambiental de ordenamiento territorial que permiten el acceso a la tierra y demás factores productivos del campesinado; contribuyen a reducir y evitar los conflictos de uso del suelo; planifican el uso y la ocupación de los espacios rurales para el logro de la seguridad, la autonomía y la soberanía alimentaria; con ellos se crean las condiciones para la adecuada consolidación, estabilización y desarrollo de las comunidades campesinas; mejoran la calidad de vida, la inclusión social y la efectividad de los derechos sociales, económicos y culturales del campesinado directamente y de los demás pobladores rurales con programas de desarrollo rural integral. También serían la base para el impulso de sistemas productivos agroecológicos y la protección de ecosistemas frágiles.

Estos territorios serán delimitados por el gobierno nacional en conjunto con los campesinos y sus organizaciones, y se establecerán y priorizarán planes y programas especiales con recursos para la inversión social rural y financiará, de acuerdo con sus competencias y con condiciones preferenciales y prioritarias, la ejecución de los planes de vida en los Territorios Agroalimentarios. La acción del Estado se realizará con condiciones preferenciales en cuanto al otorgamiento de subsidios, incentivos y estímulos en favor de la población rural mediante todos los instrumentos de desarrollo rural integral; acceso, adjudicación y titulación de tierras, así como del ordenamiento social de la propiedad rural.

Los Territorios Agroalimentarios son entonces una propuesta del campesinado, para gobernarse y construir futuro como campesinos y campesinas en territorios poblados históricamente. Son una figura para el reconocimiento de las territorialidades campesinas. En este sentido, son una parte de los territorios campesinos.

Objetivos y principios orientadores

Los Territorios Agroalimentarios se constituirán y delimitarán con arreglo a los siguientes objetivos y principios orientadores:

1. La regulación, limitación y ordenamiento de la ocupación y aprovechamiento de la tierra, el territorio y la territorialidad.

2. La superación de las causas que vienen originando graves o excepcionales conflictos de orden social y económico, y el apoyo a los programas de sustitución de cultivos ilícitos.

3. La adopción de estrategias o decisiones que tiendan a evitar o corregir los fenómenos de concentración de la propiedad, el acaparamiento de tierras rurales, o cualquier forma de inequitativa composición del dominio.

4. El ordenamiento social de la propiedad y acceso a tierras.

5. El ordenamiento del uso de los suelos y las aguas para la actividad productiva.

6. La generación de ingresos para las comunidades rurales, de acuerdo con las diferentes actividades económicas del territorio.

7. Adelantar procesos de ordenamiento y diversificación de la economía de los territorios, que lleven a la generación de productos y servicios, aseguren una utilización racional de los recursos y talentos disponibles.

8. Garantía plena de acceso de toda la población a los alimentos sanos con los nutrientes indispensables completos.

9. Se dará prioridad por parte del Estado y de la sociedad en general a los procesos productivos orgánicos y de transformación de materias primas que garanticen la sustentabilidad de los recursos naturales, la defensa del ambiente y la biodiversidad, en virtud de que están fuertemente interrelacionados con la soberanía y seguridad alimentaria.

10. Es responsabilidad del Estado y la sociedad, defender el patrimonio genético y cultural, la sabiduría tradicional así como su propiedad colectiva.

11. La protección, conservación y recuperación de las semillas nativas de cada región será una garantía para la soberanía alimentaria y la biodiversidad.

12. Se establecerán por parte del Estado mecanismos de control social de los alimentos comercializados y procesados, prohibiendo aquellos productos nocivos para la salud humana.

13. El derecho a la tierra y el territorio es parte fundamental de la vida y la cultura de los pueblos y las comunidades rurales. Se protegerá la diversidad cultural y por ende las diversas concepciones sobre la tierra y el territorio.

14. Facilitar la recomposición de la Unidades Agrícolas Familiares.

15. Fomentar la adecuada explotación y la utilización social de las aguas y de las tierras rurales aptas para la explotación silvo-agropecuaria.

16. Reubicación de la población afectada por desastres naturales o ubicada en zonas de alto riesgo no mitigable;

17. Relocalización de ocupantes de áreas del sistema de parques nacionales naturales, parques regionales naturales y habitantes de los ecosistemas de páramos.

18. La protección y conservación de los recursos naturales renovables y del ambiente.

19. La creación de las condiciones para la adecuada consolidación y desarrollo de la economía campesina, dentro de principios de competitividad, sostenibilidad, participación comunitaria y equidad.

20. El apoyo del Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural Campesino, del Sistema Nacional Ambiental y de otros organismos públicos y privados, para la formulación, financiación y ejecución de planes de vida sostenible y de otras actividades, investigaciones, programas y proyectos que deban adelantarse en las Zonas Agroalimentarias.

21. Respeto y financiación estatal de los planes de vida o planes alternativos de desarrollo de las comunidades y organizaciones de base.

22. Apoyo estatal para que los campesinos y campesinas, indígenas, afrodescendientes y productores agropecuarios puedan controlar el conjunto de las cadenas productivas sin supeditarse a las transnacionales ni a los grupos financieros ni a los latifundistas.

23. Se propiciarán formas alternativas al comercio de relación directa entre colectivos de producción y los colectivos de consumo basadas en la solidaridad mutua y en la superación de la barrera entre el campo y la ciudad.

Notas:

1 Ver documento de trabajo sobre Territorios Agroalimentarios. Diciembre de 2014. http://cnagrario.org/category/documentos-cna/

2 FAO. ftp://ftp.fao.org/docrep/fao/010/y5788s/y5788s02.pdf Capítulo 2. El sector agroalimentario como sistema. 

Author: CNA - Coordinador Nacional Agrario
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